El Ministerio de Transporte recuerda las condiciones para que los vehículos de carga con peso igual o superior a 3.4 toneladas, puedan transitar por las carreteras del país sin restricciones durante el puente festivo del Día de Todos los Santos, que va desde hoy hasta el lunes 6 de noviembre.
Tenga en cuenta que están libres de algún tipo de restricción de carga los siguientes corredores, por los cuales se podrá movilizar todo tipo de productos:
- Barranquilla - Ye de Ciénaga.
- Bogotá - Villavicencio – Acacías.
- Bucaramanga - San Alberto.
- Cúcuta - Ye de Astilleros - Sardinata - Ocaña.
- Medellín - Santa Fe de Antioquia.
- Neiva - Espinal - Girardot.
- Cali - Popayán - Mojarras - Pasto – Ipiales – Rumichaca, incluye variante de Popayán.
- Girardot – Nariño – Guataquí – Cambao.
- Palmira – Ye de Villa Rica.
Pueden transitar por las vías del país sin restricción alguna y sin importar el porcentaje de utilización de su capacidad, es decir, que pueden ir llenos o vacíos, los vehículos de carga que sean utilizados para llevar los siguientes productos:
- Oxígeno medicinal en estado gaseoso y líquido, identificado con los números 1072 y 1073 de la ONU, siempre que sean transportados en cilindros o en tanques criogénicos con la debida identificación exterior.
- Combustibles: gasolina, ACPM, biodiesel, alcohol carburante, Gas Licuado de Petróleo, JET A1, AVGAS y Gas Natural Comprimido.
- Para recolección y transporte de leche procesada y sin procesar.
No habrá restricciones en las vías del país para los vehículos de carga, cuando por lo menos el 80% del peso en su contenido total corresponda a:
- Periódico con ediciones del día.
- Especies avícolas, huevos, leche, lácteos, carne, frutas, verduras, flores y hortalizas.
- Ganado de lidia, especies pecuarias y equinos de competencia o exposición.
- Arroz paddy, maíz, sorgo y soya, con destino a las plantas de procesamiento o empacado.
- Desechos sólidos de origen domiciliario y desechos líquidos.
- Caña de azúcar y bagazo de caña de azúcar.
- Maquinaria y/o herramientas para atender emergencias en la infraestructura vial, oleoductos y de servicios domiciliarios del país.
- Vehículos tipo grúa que deban trasladarse para la atención de vehículos que se encuentren obstruyendo las vías.