ABC sobre la movilización de vehículos de carga en puente festivo | El Nuevo Siglo
Foto: Mintransporte
Sábado, 4 de Noviembre de 2023

El Ministerio de Transporte recuerda las condiciones para que los vehículos de carga con peso igual o superior a 3.4 toneladas, puedan transitar por las carreteras del país sin restricciones durante el puente festivo del Día de Todos los Santos, que va desde hoy hasta el lunes 6 de noviembre. 

Tenga en cuenta que están libres de algún tipo de restricción de carga los siguientes corredores, por los cuales se podrá movilizar todo tipo de productos:

  • Barranquilla - Ye de Ciénaga.
  • Bogotá - Villavicencio – Acacías.
  • Bucaramanga - San Alberto.
  • Cúcuta - Ye de Astilleros - Sardinata - Ocaña.
  • Medellín - Santa Fe de Antioquia.
  • Neiva - Espinal - Girardot.
  • Cali - Popayán - Mojarras - Pasto – Ipiales – Rumichaca, incluye variante de Popayán.
  • Girardot – Nariño – Guataquí – Cambao.
  • Palmira – Ye de Villa Rica.

Pueden transitar por las vías del país sin restricción alguna y sin importar el porcentaje de utilización de su capacidad, es decir, que pueden ir llenos o vacíos, los vehículos de carga que sean utilizados para llevar los siguientes productos:

  • Oxígeno medicinal en estado gaseoso y líquido, identificado con los números 1072 y 1073 de la ONU, siempre que sean transportados en cilindros o en tanques criogénicos con la debida identificación exterior.
  • Combustibles: gasolina, ACPM, biodiesel, alcohol carburante, Gas Licuado de Petróleo, JET A1, AVGAS y Gas Natural Comprimido.
  • Para recolección y transporte de leche procesada y sin procesar.

 

 

No habrá restricciones en las vías del país para los vehículos de carga, cuando por lo menos el 80% del peso en su contenido total corresponda a:

  • Periódico con ediciones del día.
  • Especies avícolas, huevos, leche, lácteos, carne, frutas, verduras, flores y hortalizas.
  • Ganado de lidia, especies pecuarias y equinos de competencia o exposición.
  • Arroz paddy, maíz, sorgo y soya, con destino a las plantas de procesamiento o empacado.
  • Desechos sólidos de origen domiciliario y desechos líquidos.
  • Caña de azúcar y bagazo de caña de azúcar.
  • Maquinaria y/o herramientas para atender emergencias en la infraestructura vial, oleoductos y de servicios domiciliarios del país.
  • Vehículos tipo grúa que deban trasladarse para la atención de vehículos que se encuentren obstruyendo las vías.