La implementación del examen de Estado para quienes hayan cursado la carrera de Derecho quedó en firme luego de que la plenaria de la Cámara aprobara la conciliación del respectivo proyecto de ley.
Dicho examen estaría a cargo del Consejo Superior de la Judicatura y sería requisito para la expedición de la tarjeta profesional.
Ya el Senado de la República había aprobado la conciliación la semana pasada, lo que deja el proyecto a un paso de convertirse en ley, luego de que sea firmado por parte del presidente Juan Manuel Santos.
Para el representante por Bogotá, Germán Navas, del Polo Democrático, ponente y uno de los autores de la iniciativa, la práctica de la profesión de abogado entraña un riesgo social, lo que implica la responsabilidad del Estado para garantizar la idoneidad de quienes ejercen la misma.
“Uno de los problemas más graves del país es, precisamente, la debilidad de su sistema judicial, derivado en buena medida por la pésima preparación por parte de quienes están egresando de las facultades de Derecho del país. No hay que olvidar que jueces y fiscales también son abogados, y las faltas que estas personas cometen, muchas veces, son ocasionadas por vacíos en su formación”, afirmó Navas Talero.
Se espera que el presidente Santos firme el proyecto sin objeción alguna, puesto que cuenta con el beneplácito del ministro de Justicia, Enrique Gil, quien encuentra “conveniente las medidas que se intentan adoptar” para que “todos los ciudadanos que precisen el servicio de un abogado, obtengan un servicio calificado, eficiente y con alta calidad ética”.
El examen solo aplicaría para quienes entren a estudiar la carrera de Derecho después de expedida la norma.
Además de Navas, los autores de la iniciativa son los congresistas Germán Varón (Cambio Radical), Angélica Lozano (Alianza Verde), Carlos Abraham Jiménez (Cambio Radical), Jhon Eduardo Molina (Cien por Ciento por Colombia) y Rodrigo Lara (Cambio Radical).
Abogados sancionados
El presidente de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, Pedro Alonso Sanabria, reveló un balance de las sanciones contra juristas señalados de incurrir en faltas a la ética profesional, entre 2017 y 2018.
El alto funcionario judicial explicó que en este periodo fueron sancionados 1.425 abogados, a 53 de los cuales les fue retirada la tarjeta profesional, 1.020 fueron suspendidos, 311 censurados y a 41 les impusieron multas.
Sanabria explicó que los departamentos donde se impuso el mayor número de sanciones son Córdoba, Sucre, Chocó y Meta.
Las conductas reprochables en las que más incurrieron estos abogados fueron aconsejar a sus clientes para realizar actos fraudulentos contra de particulares o del Estado, apropiarse del dinero de sus clientes sin realizar la gestión para la que fueron contratados o manipular indebidamente dineros o bienes que les fueron entregados en virtud de los procesos que manejaban, aceptar la gestión en casos de abogados encomendados a otros colegas e incurrir en conductas dilatorias.
Otras acciones por las que fueron sancionados estos profesionales fueron usar pruebas o poderes falsos, desfigurar, amañar o tergiversar las pruebas o poderes con el fin de hacerlos valer en actuaciones judiciales o administrativas.
Seis puntos clave
1 . Para ejercer la profesión de abogado, además de los requisitos exigidos en las normas legales , el graduado deberá acreditar certificación de aprobación del examen de Estado de calidad en educación superior que para el efecto realice el Icfes. Se entenderá aprobado el examen de Estado cuando el resultado supere la media del puntaje nacional de la respectiva prueba. En el resultado individual de cada examen, el Icfes señalará la representación porcentual del puntaje obtenido sobre la media nacional.
2. Si el egresado o graduado no aprueba el examen, se podrá presentar en las siguientes convocatorias que señale el Icfes hasta tanto obtenga el porcentaje mínimo exigido.
3. La certificación de la aprobación del examen de Estado será exigida por el Consejo Superior de la Judicatura o por el órgano que haga sus veces para la expedición de la tarjeta profesional de abogado. Para ser representante de una persona natural o jurídica para cualquier trámite que requiera un abogado, será necesario contar con la tarjeta profesional de abogado, que solo se otorgará a quienes hayan aprobado el examen. Para las demás actividades no se requerirá tarjeta profesional.
4. Si al menos el 33 por ciento de los estudiantes de una institución de educación superior que presentan el examen de Estado no supera la media nacional, el Ministerio de Educación deberá imponer las medidas preventivas establecidas en la Ley 1740 de 2014. Si en el siguiente examen de Estado los estudiantes de la institución de educación superior no superan este porcentaje se considerará una afectación grave de las condiciones de la calidad del servicio y el Ministerio deberá imponer las medidas administrativas señaladas en la Ley 1740 de 2014.
5. En este caso, según la ley 1740 de 2014, el Ministerio de Educación Nacional ordenará la cesación inmediata de la prestación del servicio de educación superior a aquellas personas naturales o jurídicas que lo ofrezcan o desarrollen sin autorización. Frente al incumplimiento de la orden de cesación el Ministerio de Educación Nacional podrá imponer multas de apremio sucesivas a la institución y/o a sus propietarios, directivos, representantes legales y administradores, hasta de mil salarios mínimos legales mensuales vigentes. El Ministerio de Educación Nacional remitirá la información y los documentos correspondientes a la autoridad competente para la investigación de los hechos y la imposición de las sanciones penales a que haya lugar.
6. El requisito de idoneidad para el ejercicio de la profesión de abogado establecido en la presente ley se aplicará a quienes inicien la carrera de derecho después de su promulgación.