La ley que establece las reglas de la convocatoria pública previa a la elección de contralor general de la República por el Congreso, fue aprobada por la plenaria de la Cámara con ponencia de su presidente, el representante por Bogotá, Rodrigo Lara, de Cambio Radical.
En el articulado, al que solo le falta un debate en la plenaria del Senado y la respectiva conciliación, se establece que la elección del contralor general se hará por el Congreso en pleno, por mayoría absoluta, en el primer mes de sus sesiones para un periodo igual al del presidente de la República, de lista de seleccionados conformada por convocatoria pública.
El representante Lara explicó que la convocatoria pública estará a cargo de una universidad de alto nivel, acreditada ante el Ministerio de Educación, la que tendrá a su cargo la conformación de la lista de seleccionados, que deberán cumplir con un examen previo de conocimientos, entrevista y la acreditación de los requisitos exigidos por ley.
“La convocatoria pública previa a la elección del contralor deberá cumplir con los requisitos y procedimientos que garanticen los principios de publicidad, transparencia, participación ciudadana, equidad de género y criterios de mérito para su selección”, aseguró Lara.
La Comisión de Acreditación de ambas cámaras determinará el cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos para el cargo de contralor.
Para ser elegido contralor general de la República se requiere como mínimo ser colombiano de nacimiento y en ejercicio de la ciudadanía, tener más de 35 años de edad, tener título universitario o haber sido profesor universitario durante un tiempo no menor de 5 años.
Además de los requisitos mínimos, dijo Lara, el aspirante a contralor deberá acreditar formación y capacitación profesional, experiencia profesional específica o relacionada con el cargo, y en general todas las calidades adicionales logros académicos y laborales que acrediten el mayor mérito para el desempeño del cargo.
En la ponencia se reorganizan las etapas del proceso de selección del contralor y se propone especificar en qué consiste cada etapa del proceso de selección, con el fin de que el proceso de selección del contralor general de la República, se realice acudiendo al mérito y el mayor merecimiento de los aspirantes.
Finalmente, en desarrollo de estipulado en la reforma constitucional de Equilibrio de Poderes, se establece que el contralor no podrá ser reelegido ni continuar en ejercicio de sus funciones al vencimiento del periodo, y que en la lista de elegibles se debe incluir por lo menos una mujer, si ha cumplido con todos los requisitos establecidos.
Al aprobarse la norma en segundo debate, Lara dijo que “se mantuvo el criterio principal, y es que aquí habrá convocatoria pública para elegir el contralor, que ya no será organizada por el presidente de Senado y Cámara, sino por una universidad”.
Y concluyó diciendo que “la Cámara de Representantes le cumplió al país. Haremos un proceso de convocatoria para elegir contralor con examen, con merito, con publicidad y con convocatoria pública”.
Cabe señalar que en días pasados, el actual contralor Edgardo Maya envió una carta al presidente del Senado pidiéndole celeridad en el trámite de este proyecto pues de lo contrario, dijo, “todas las actividades emprendidas en el control y vigilancia de los fondos y bienes de la Nación, pueden quedar sin el responsable de esta función constitucional”, indicando que el Senado y la Cámara deben proceder a la elección de contralor en el primer mes del período de sesiones del Congreso que se inicia el próximo 20 de julio.