Caso polígrafo Marelbys Meza: tumban acusación contra coronel Carlos Feria | El Nuevo Siglo
Foto: captura video
Viernes, 12 de Julio de 2024
Redacción Web

El Tribunal Superior de Bogotá tumbó la acusación que hizo la Fiscalía contra Carlos Alberto Feria, jefe de protección del presidente Gustavo Petro, por el caso de las presuntas irregularidades en la prueba del polígrafo practicada a Marelbys Meza, exniñera de Laura Sarabia.

Según determinó el auto, la juez de primera instancia erró al continuar con el desarrollo de la audiencia de formulación de acusación sin encontrarse saneado el tema del juez natural en el proceso que se estudia, pues es innegable que existe un conflicto de jurisdicciones entre justicia ordinaria y justicia penal militar y policial, lo que inhabilita a las autoridades para continuar con la actuación.

"Es deber del juez asegurarse que, antes de la realización de la audiencia de acusación se zanje de manera clara y definitiva la definición sobre competencia para conocer del asunto; advirtiendo la sala que continuar con el trámite, ignorando la posible incompetencia, sobrepasa los límites de la dirección del proceso y se convierte en una transgresión del debido proceso", establece el documento.

 

El tribunal resolvió que Juzgado 14 Penal debe abstenerse de tomar decisiones sobre los recursos de queja presentados por los defensores de Carlos Alberto Feria Buitrago, Elkin Augusto Gómez Gutiérrez y Jhon Alexander Sacristán Bohórquez hasta que se resuelva y defina el conflicto de jurisdicciones por parte de la Corte Constitucional.

 

Cabe señalar que en el mes de marzo, la Fiscalía radicó un escrito de acusación contra tres uniformados de la Policía, entre ellos, el coronel Carlos Alberto Feria. El ente acusador afirmó ser competente para investigar, sin embargo, persistía el conflicto con la Justicia Penal Militar, pues según la defensa del jefe de seguridad de Palacio, es la llamada a asumir el caso.

El abogado presentó conflicto de jurisdicciones, pero la jueza aseguró que no se cumplieron los requisitos para elevar la solicitud a la Corte Constitucional sino que este proceso debía hacerlo la togada, la cual no lo consideró pertinente.