A través de una audiencia pública el senador Alberto Castilla, del Polo Democrático, explicó los pormenores del proyecto de Ley que busca reglamentar el sistema de calificación del origen de la enfermedad, la pérdida de capacidad laboral y la fecha de estructuración, el adecuado procedimiento de las juntas médico laborales.
La iniciativa tiene por objeto armonizar, organizar y garantizar la instancia, el derecho al debido proceso y la coherencia administrativa en el reconocimiento de los derechos a la seguridad social, a las prestaciones asistenciales y económicas de los trabajadores, afiliados al Sistema General de Seguridad Social, que se vean afectados en su integridad física y/o mental, como consecuencia de padecer las secuelas de una enfermedad o un accidente, sean éstos de origen común o laboral.
Según Castilla Salazar, “este proyecto busca corregir las serias desviaciones que se han presentado en el funcionamiento y en el reconocimiento de los derechos sociales a la seguridad social de los trabajadores y personas que se ven afectados por las consecuencias de haber padecido un accidente de trabajo o haber sufrido una enfermedad, esto independientemente del origen de la contingencia”.
En la Audiencia donde estuvieron presentes representantes de los sectores involucrados en el tema, como los ministerios de Trabajo y Salud, la Vicepresidencia, los gremios de trabajadores, las administradoras de riesgos laborales (ARL) y calificadoras de riesgos profesionales e instituciones de terapias ocupacional, se socializó el proyecto de ley y se expuso la urgencia de reglamentar y unificar los trámites y procedimientos para el reconocimiento y pago de las incapacidades de origen laboral, en relación con el manejo de las incapacidades de origen común, lo que finalmente conduciría a una mayor seguridad jurídica a las personas que se ven enfrentadas.
Trámites engorrosos
Por su parte, algunos de los representantes de los gremios de trabajadores presentes dieron a conocer la impotencia que siente un trabajador, al realizar los trámites, para acceder a una calificación de pérdida de capacidad laboral.
“Las administradoras de riesgos laborales, entidades promotoras de salud, fondos de pensiones, entre otras, al calificar en primera instancia la pérdida de la capacidad laboral, su origen, grado y/o la fecha de estructuración (…) se convierten en juez y parte, al permitir que resuelva sobre un asunto en el que tienen un claro interés económico. Esto vulnera el derecho al debido proceso. Asunto, que valga recordar, tiene la vocación de concretar un derecho fundamental de los trabajadores del país”, aseguró John Robinsón Ríos, de la Federación Nacional de Trabajadores y Extrabajadores Enfermos de Colombia (Fenatraeco).
Otro aporte para tener en cuenta en la ponencia en primer debate de este proyecto de Ley lo hizo Juan Vicente Conde, de la Asociación de Médicos Laborales de Bogotá, quien solicitó “revisar y ajustar las exigencias a las entidades de diagnóstico por enfermedad laboral, puesto que los trabajadores enfermos van a las EPS no van a las ARL, y es allí en las EPS donde comienza el estudio y diagnóstico de la enfermedad”.
Por su parte las entidades gubernamentales presentes, destacaron las mejoras presentadas en el tema de los tiempos de estudio de cada caso, según lo expuso Jairo Durán, subdirector de Riesgos Profesionales del Ministerio de Salud, “esta mejoría se ve reflejada en la efectividad del proceso y la reducción de los costos, en el trámite de calificación de pérdida de capacidad laboral de un trabajador”.
Finalmente el senador nortesantandereano, ponente único de la iniciativa, se comprometió a socializar con los otros senadores integrantes de la Comisión Séptima todas las propuestas resultantes de la Audiencia, en procura de lograr una nueva Ley altamente conveniente para el sector.