Corte declararía exequible estatuto de la oposición | El Nuevo Siglo
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Martes, 3 de Abril de 2018
Redacción Nacional
La determinación se daría este miércoles por parte de la sala plena del Alto Tribunal

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El magistrado ponente Alejandro Linares argumentó que el Estatuto no va en contravía de la Constitución y por el contrario, se ajusta a los parámetros de conexidad establecidos en la implementación del Acuerdo de Paz.

Dentro de este proceso de revisión el Procurador General, Fernando Carrillo, a través de concepto enviado al Alto Tribunal, solicitó que ese proyecto de ley sea aprobado al considerar que este garantiza “espacios de participación y los derechos de la oposición”.

El Estatuto de la Oposición se creó con el objetivo de establecer las garantías mínimas para que los partidos que estén en la orilla opuesta al Gobierno de turno puedan ejercer sus derechos.

En este se determinó que “habrá una Procuraduría Delegada para los Derechos de la Oposición” cuya labor será supervisar que se respeten dichos derechos políticos de los partidos y movimientos que se declaren oficialmente en oposición al presidente electo.

Se conoció que el magistrado planteó dos cambios en expresiones que aprobó el Congreso, una de ellas clave para la transición de las Farc de las armas a la política. La ley en cuestión establece que la oposición política es un derecho fundamental. Si bien Linares reconoce que se trata de un derecho, considera que la palabra “fundamental” debe ser declarada inconstitucional, pues si bien el ejercicio del control político tiene que ver con el derecho fundamental a la participación política, el estatuto se refiere a personas jurídicas y no naturales.

Los partidos políticos independientes, que no están ni en el Gobierno ni en la oposición, contarán con derecho al acceso a medios de comunicación y a seleccionar candidatos para la comisión asesora de relaciones exteriores compuesta principalmente por congresistas de la República. No podrán ser designados en altos cargos del Gobierno mientras se mantengan como independientes.

Para los partidos declarados en oposición se destinará una partida adicional al Fondo Nacional de Financiación Política, equivalente al 5% del monto del financiamiento permanente de los movimientos políticos y se repartirán en partes iguales entre todas las agrupaciones políticas. Se les deberá asignar espacios en medios de comunicación del Estado.

Tras una alocución presidencial, contarán con 20 minutos de trasmisión y tendrán 48 horas posteriores para controvertir la posición del Gobierno. Tendrán derecho a la réplica y la garantía de su difusión.

Contarán con acceso a los medios de comunicación de corporaciones públicas y a una sesión exclusiva para exponer su postura sobre el informe de cumplimiento de metas del Plan de Desarrollo y ejecución del presupuesto.

Las agrupaciones políticas que inscribieron al candidato electo como Presidente de la República, gobernador o alcalde, se clasificarán como de Gobierno o en coalición de Gobierno.

Régimen de inhabilidades

La iniciativa establece que no podrán ser designados en cargos de representación política ni directores, gerentes o jefes de entidades públicas en el gobierno, dentro de los seis meses siguientes a su retiro de la organización política, mientras se mantenga la declaración de oposición:

a) Quienes sean o hayan sido integrantes de los órganos de dirección, gobierno, control y administración de las organizaciones políticas declaradas en oposición, tanto de los niveles nacional, departamentales, distritales y municipales.

b) Quienes hayan sido candidatos a cargo de elección popular avalados por ellos, elegidos o no.

Los afiliados a estas organizaciones, distintos a los mencionados, que acepten estos cargos podrán ser sancionados de conformidad con sus estatutos y demás normas internas.

Por último se crearía la Procuraduría delegada para la protección de los derechos políticos y de la oposición.

El senador Roy Barreras, ponente del proyecto, explicó en su momento que “los candidatos perdedores en alcaldías, gobernaciones, Vicepresidencia y Presidencia tendrán derecho a curules para que puedan defender y representar a los millones que votaron por ellos”.

Sin embargo, allí también se establece que los partidos tendrán un espacio de 30 días para decidir si se declaran o no en oposición al gobierno de turno.

“Con esta norma, la oposición no podrá venderse al gobierno de turno. Tendrá una sola oportunidad para que, si decide que si el gobierno al que se oponía resultó un gran gobierno, pueda apoyarlo y al revés, también tendrá la misma oportunidad si el gobierno al que apoyó resultó un mal gobierno, para que se declare en oposición”, manifestó.

El estatuto también otorga espacios amplios en televisión y demás medios de comunicación a los sectores de oposición, en donde tendrán la posibilidad de responder las alocuciones presidenciales o las agresiones de parte del oficialismo