Desmienten permisos urbanísticos en Cerros Orientales | El Nuevo Siglo
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Lunes, 29 de Julio de 2019
Redacción Bogotá

La Corporación Autónoma Regional, CAR, aclaró las afirmaciones que se habían hecho sobre supuestos trámites para adelantar proyectos de vivienda en los Cerros Orientales, reiterando que son completamente falsos.

Esta fue una aclaración que hizo la entidad luego de que en la localidad de Usaquén, específicamente en los barrios de Las Lomitas, La Capilla y Serrezuela, inescrupulosos estarían engañando a la comunidad, argumentando que han adelantado supuestos trámites urbanísticos ante la CAR. La Corporación reitera que en esta zona está prohibido construir, y aclara que dichos trámites ante la entidad son falsos.

“Desde la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca queremos hacerle un llamado a las personas que en algún momento han recibido ofertas para adquirir predios o lotes en la zona de reserva forestal protectora occidental de Bogotá, para implementar construcción en estos predios. Es muy importante que ustedes sepan y tengan claro que ningún directivo de la CAR ha dado aval ni permiso para que se realice ningún tipo de construcción. Mucho menos de redes eléctricas, gas o agua. No se dejen engañar. Nosotros no damos este tipo de permisos porque no tenemos competencias”, dijo Laura María Duque Romero, directora regional de La Calera de la CAR.

Estas personas, con afirmaciones falsas, estarían engañando a la comunidad, argumentando que han adelantado ante la CAR trámites relacionados con desenglobe, (procedimiento para cambiar las características de inmuebles con un lindero común); loteo (cuando el titular de derecho de domino, segrega de un predio de mayor extensión, porciones de terreno con el propósito de constituir urbanización, parcelación, etc.)  y permisos de construcción en la zona.

Sin autoridad

Precisamente por lo mismo, la Corporación reitera que en la Reserva Forestal Protectora Bosque Oriental de Bogotá no se puede construir, y que dichas afirmaciones son falsas, pues la CAR no es autoridad urbanística.

“Tristemente, el desconocimiento de la ciudadanía ha llevado a que personas inescrupulosas se aprovechen de ello y ofrezcan proyectos de vivienda y extensión de redes de servicios públicos, que están totalmente prohibidos y que afectan el ecosistema y el bolsillo de los incautos. Por ello, la CAR recomienda consultar el Plan de Manejo Ambiental –PMA Reserva Forestal Protectora Bosque Oriental de Bogotá, que fue adoptado mediante Resolución del Ministerio de Ambiente No. 1766 de 2016 o acercarse a las oficinas de la CAR para mayor información”, añadió directora regional de La Calera de la CAR.

La CAR también conoció ayer que se está convocando a una asamblea para la gasificación del barrio Las Lomitas, actividad ilegal ya que las empresas de servicios públicos no tienen autorización para extender redes de gas, alcantarillado ni de acueducto en zona de reserva.

A razón de todo ello, ayer esta entidad le recordó a la ciudadanía que hay actividades prohibidas para todos los usos, como la construcción de vivienda nueva, la ampliación de vivienda preexistente, el establecimiento de cualquier estructura cuyo uso sea habitacional, la expedición de licencias de urbanismo y construcción, la minería, la construcción de nueva red vial, y la siembra de pinos, eucaliptos, ciprés y acacias; de especies nativas en monocultivo, y tala de vegetación existente, salvo autorización expresa por parte de la CAR.

Así mismo, es prohibido llevar a cabo actividades industriales; nuevas áreas agropecuarias; dotacionales; comerciales y de servicios; recreación activa; nivelaciones topográficas. Solo factible en procesos de restauración o de gestión del riesgo previa autorización de la CAR; conformación de escombreras; introducción, distribución, uso o abandono de sustancias contaminantes o tóxicas o arrojar, depositar o incinerar basuras, desechos o residuos; alteración, remoción o daño de señales, avisos, vallas, cercas, mojones y demás elementos constitutivos de la reserva.

También está prohibido realizar fogatas y/o actividades que impliquen el uso del fuego; el aprovechamiento y uso de los recursos naturales renovables presentes, sin la previa obtención de los permisos correspondientes; deportes a motor y todos aquellos que no están contemplados como actividades permitidas o condicionadas.