No se puede modificar preguntas de consulta anticorrupción | El Nuevo Siglo
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Viernes, 27 de Julio de 2018
Redacción Nacional

El Consejo de Estado estudiará la demanda contra la primera de las siete preguntas de la consulta anticorrupción agendada para el próximo 26 de agosto, la cual pretende que de ser aprobada, posteriormente, una reforma reduzca el sueldo de los congresistas de 40 a 25 salarios mínimos.

No obstante los promotores de la iniciativa consideran que los jueces no pueden modificar o suprimir las preguntas, ya que son producto de la voluntad popular y además ello significaría un control previo y no posterior.

La demanda fue impetrada por el abogado Jefferson Dueñas, quien argumenta que esta disposición "es contraria a lo previsto en el artículo 50 de la Ley 134 de 1994, que prohíbe realizar consultas populares sobre temas que impliquen modificar la Constitución Política, en este caso el artículo 187, relativo a la remuneración de los congresistas".
Dueñas aclaró que no está en contra de la consulta anticorrupción, pero “la idea es que el Consejo de Estado depure las preguntas que se pueden someter a consulta popular y se evite un sentimiento de frustración en la ciudadanía”.

No obstante la exsenadora Claudia López, una de las promotoras de esta consulta que es respaldada por la firma de más de 4 millones de ciudadanos, dijo a EL NUEVO SIGLO que el Consejo de Estado no puede modificar ninguna de las preguntas. “No tiene esa competencia asignada. Las consultas populares nacionales no tienen control constitucional previo de la Corte Constitucional ni del Consejo de Estado. Y como se sabe, las Cortes solo pueden hacer lo que expresamente tienen autorizado en la Constitución”.

López indicó que las consultas no modifican ninguna ley “ni mucho menos la Constitución. Ese es uno de los grandes errores del demandante. La consulta lo que hace es dar un mandato político para decirle al Congreso, ‘oigan señores, ocúpense de estos temas, ustedes desarrollen la norma de estos temas’. Es un pronunciamiento estrictamente político. El Presidente debe radicar las propuestas de ley, el Congreso debe tramitarlas, y las leyes que tramite el Congreso solo son las que tienen control posterior por parte de la Corte Constitucional”.

La exsenadora considera que no está en peligro la realización de la consulta anticorrupción en la fecha establecida, después de que el pasado 5 de junio el Senado de la República aprobara que se llevará a las urnas. “El Consejo de Estado tiene que limitarse a sus funciones, estoy segura que así va a ocurrir”.

López expresó que "la clase política y los corruptos están cruzando los dedos para que no logremos los 12 millones de votos que obliguen al Congreso a hacer las leyes que cumplan los siete mandatos de la consulta anticorrupción". 
Añadió a su vez que "por todas esas triquiñuelas, los 395 funcionarios que incluyen magistrados, ministros y congresistas, no quieren renunciar a esos altos beneficios del Estado" y agregó "o defendemos nuestro bolsillo y empezamos a recuperar la plata de la corrupción, o nos van a terminar subiendo los impuestos y bajando las pensiones para cubrir ese hueco”.

 

Las preguntas

El pasado 19 de junio el presidente Santos firmó el Decreto 1028 mediante el cual se convoca a los colombianos para que aprueben o rechacen el mecanismo de participación ciudadana denominado “Consulta Popular Anticorrupción”.

La primera pregunta versa sobre reducir el salario de los congresistas; la segunda tiene que ver con que las personas condenadas por corrupción y delitos contra la administración pública, cumplan la totalidad de las penas en la cárcel y que el Estado unilateralmente pueda dar por terminados los contratos con ellas y con las personas jurídicas de las que hagan parte.

La tercera pregunta busca establecer la obligación a todas las entidades públicas y territoriales de usar pliegos tipo, que reduzcan la manipulación de requisitos habilitantes y ponderables y la contratación a dedo. La cuarta pregunta está orientad a obligar a realizar audiencias públicas para que la ciudadanía y los corporados decidan el desglose y priorización del presupuesto de inversión de la nación, los departamentos y los municipios.

La quinta, busca que congresistas y demás corporados rindan cuentas anualmente sobre su asistencia, iniciativas presentadas, votaciones, debates, gestión de intereses particulares o de lobistas. La sexta pretende obligar a todos los electos mediante voto popular a hacer público sus declaraciones de bienes, patrimonio, rentas, pago de impuestos y conflictos de interés, como requisito para posesionarse.

La séptima pegunta busca limitar a máximo tres períodos la permanencia en una misma corporación de elección popular.