La Procuraduría General de la Nación pidió este lunes a la Corte Constitucional declarar exequible el numeral 2 del artículo 77 del Código Sustantivo del trabajo, "que fija en 15 días el período de prueba para los trabajadores domésticos en el país".
"En concepto enviado al alto tribunal, que estudia una demanda de inconstitucionalidad de esa norma, el Ministerio Público señaló que se trata de un grupo poblacional que requiere especial protección, por lo que ese periodo es una prerrogativa que les permite ser acreedores de las indemnizaciones legales que tienen lugar cuando se termina un contrato laboral sin justa causa, en caso de que sean despedidos una vez culmine el periodo de prueba".
A través de la página web del órgano de control autónomo se explica además que esta norma "torga una protección especial y superior a los trabajadores domésticos si se la compara con el régimen de otros trabajadores, y por lo tanto no se trata de una disposición discriminatoria como lo expresa el demandante, sino de una garantía adicional para la estabilidad laboral de aquellos".
"El Ministerio Público señaló que la norma demandada no es contraria al principio de igualdad, porque las situaciones y características particulares del oficio de los trabajadores domésticos ponen a estos en una posición diferenciada respecto de los demás trabajadores".
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Asimismo, se explica que es "imperativo otorgar un trato distinto mediante medidas afirmativas, que a partir del reconocimiento de una situación de vulnerabilidad buscan salvaguardar derechos fundamentales".
"Lo anterior, justifica de forma objetiva y razonable la diferencia de los términos de los periodos de prueba objeto de la demanda".
"Se trata de una medida afirmativa en favor de ese grupo de trabajadores, y no es contraria a la Constitución Política ni al Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo, OIT", concluyó la Procuraduría en su comunicado.