NO dar más largadas y atender ya las múltiples recomendaciones que ha hecho frente a la situación de emergencia en la vía al Llano instó la procuradora Margarita Cabello al director general (e) de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd), Víctor Andrés Meza Galván; al subdirector de conocimiento, Luis Carlos Barreto; la jefe de la OAPI, Dayana Carolina Erazo y al jefe Oficina de Control Interno, Germán Alberto Moreno.
En la misiva insta a la Unidad de Gestión del Riesgo de desastres publicar urgentemente el Plan de Acción Específico para la recuperación de la citada vía y de las demás afectaciones en la zona correspondiente a la declaratoria de desastre de carácter nacional, y a ejecutar sin más dilaciones las acciones pertinentes para garantizar al sector transporte, los recursos necesarios para la atención de los puntos críticos en este corredor vial.
Precisa que los compromisos asumidos desde el 3 de octubre de 2023 por parte del subdirector de conocimiento, Luis Carlos Barreto, en una mesa de trabajo con las entidades involucradas en el tema, fueron incumplidos.
Este incumplimiento llevó a que el 26 de octubre del mismo año, la Delegada para la Gestión y la Gobernanza Territorial, le enviara un nuevo oficio insistiendo en la necesidad de dar respuesta al sector transporte para se diera prioridad a la asignación de los recursos necesarios para atender los puntos críticos que le fueron informados por el ministro de Transporte el 4 de octubre de 2023.
En el oficio del 22 de diciembre de 2023, la Procuraduría expuso sus consideraciones frente a las respuestas entregadas por la UNGRD no solo a este ente de control sino también a los distintos sectores e instituciones que se vieron afectados por la materialización de las amenazas naturales que dieron lugar a la promulgación del Decreto 2113 de 2022, al igual que a extender su vigencia por un año más, lo cual requiere con urgencia la asignación de los recursos necesarios para devolver a la región, al país y a su gente condiciones normales, seguras y dignas de existencia.
La información requerida, así como los soportes de las gestiones adelantadas por parte de la UNGRD deben ser enviados al órgano de control, a más tardar el jueves 18 de enero de 2024.
Finalmente la Entidad reitera que el artículo 59 de la Ley 1952 de 2019 modificada por la Ley 2094 de 2021, contempla como falta gravísima relacionada con la salud pública, los recursos naturales y el medio ambiente, el “no dar cumplimiento a las funciones relacionadas con la Gestión del Riesgo de Desastres en los términos establecidos en la Ley” y que, omitir, retardar o no suministrar debida y oportuna respuesta a las solicitudes de las autoridades, constituye falta disciplinaria de conformidad a lo establecido en el Código General Disciplinario.