Demanda "nica": CIJ puede fallar contra Colombia | El Nuevo Siglo
Domingo, 13 de Marzo de 2016
Redacción Política

Si la Corte Internacional de Justicia de La Haya (CIJ) aplica al tenor el Pacto de Bogotá, es posible que este jueves se declare, contra el querer de Colombia, competente para conocer la demanda que presentó Nicaragua para extender su plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas y, de contera, acerca de la otra demanda que alega que nuestro país no ha cumplido con el fallo de 2012 sobre el límite marítimo entre las dos naciones.

Así lo considera Carlos Arévalo, profesor de la Maestría en Derecho Internacional de la Universidad de La Sabana y expresidente de la Academia Colombiana de Derecho Internacional.


EL NUEVO SIGLO: ¿Considera que la CIJ dirá que es o no competente frente a las pretensiones de Nicaragua?


CARLOS ARÉVALO: El 17 de marzo se va a hacer la lectura de la decisión de la Corte frente a las objeciones preliminares que planteó Colombia cuestionando la competencia de la Corte en las dos demandas que presentó Nicaragua, tanto la que tiene que ver con la extensión de la plataforma continental como la que tiene que ver con la amenaza del uso de la fuerza y el incumplimiento de los derechos marítimos reconocidos por la Corte en el 2012.


Las posibilidades son tres: uno es que la Corte diga que sí tiene competencia para conocer los dos casos y entonces pasaríamos a la parte de fondo. El segundo por supuesto es que la Corte diga que no tiene la competencia acogiendo alguna de las razones que expuso Colombia. Pero puede haber una tercera alternativa, y es que por ejemplo le diga en el caso de la plataforma continental extendida a Nicaragua, ‘oiga, en este momento no puedo conocer del caso porque usted no me ha traído pruebas nuevas a lo que me trajo en el 2012, cuando le dije que no tenía los elementos suficientes para reconocerle una plataforma continental extendida’.
Entonces que lo haga de tal forma la Corte en esta ocasión, que deje la puerta abierta para que Nicaragua consiguiendo las pruebas pueda volver a presentar una nueva demanda.

ENS: ¿Mirando los elementos jurídicos que han rodeado este caso, considera que la Corte se declarará competente?


CA: Pues ese es un tema bien interesante de discutir, la verdad es que no veo que los casos prosperen, pero no me atrevería a afirmar que la Corte no sea competente porque fíjese que en el momento en el que Colombia denuncia el Pacto de Bogotá, hace expresa y clara su decisión de que no quiere que la Corte Internacional de Justicia tenga competencia por ese instrumento para conocer de controversias que puedan surgir con los países que también hacen parte del Pacto.


Claro, uno podría pensar, es el argumento de Colombia, que ‘en buena fe, ya le dije a la comunidad internacional que no quiero que lleven casos ante la Corte por este medio’. Y sin embargo 10 meses después Nicaragua lo hace. Entonces uno diría, si la Corte aplica la buena fe, pues uno pensaría que tiene que respetar la voluntad de Colombia de que no quería que la Corte tuviera competencia.


Ahora, lo cierto es que como la mayoría de los tratados, la entrada en vigor de la denuncia del Pacto de Bogotá tiene plenos efectos un año después, y Nicaragua presentó las demandas dentro de ese año. Entonces si la Corte es muy acogida al texto del Tratado y no hace una interpretación un poco más, digamos, principalista sino que se queda con una interpretación más del tenor literal del Tratado, pues lo cierto es que la Corte sí tendría competencia y no sería recibida la objeción de Colombia.

ENS: En la eventualidad de que se declare esta competencia, ¿qué le podría pasar a Colombia y cuánto tiempo le tomaría a este Tribunal adoptar una decisión final?


CA: Responderé primero la segunda pregunta porque es la más sencilla. ¿Cuánto tiempo se puede demorar el proceso de fondo ante la Corte Internacional de Justicia? Eso depende de la celeridad de las partes, de qué tan rápido las partes entreguen sus argumentos, de qué tan rápido las partes quieran mover el proceso. Si es así podríamos estar hablando de un proceso que puede durar un año, un año y medio, si es muy rápida la actuación de las partes.
Pero se puede demorar también todo lo que las partes quieran que se demore. Y en este sentido creería que Nicaragua, sobre todo en la demanda de la plataforma continental, va a intentar que se demore mucho el proceso esperando a que le resuelva la solicitud que hizo ante la Comisión de los Límites de la Plataforma Continental de la Convención del Mar, en donde ellos solicitaron que se les diera una decisión técnica que les reconociera que ellos tienen esos derechos extendidos.


Frente a la demanda de la plataforma continental extendida tendrá que entrar a evaluar la Corte si hay pruebas para que Nicaragua tenga no solamente 200 millas náuticas de plataforma continental sino 350 millas. Yo honestamente creo que eso no va a pasar, hay un tribunal experto en ese tema, al cual no le ha dado competencia Colombia.


Pero a pesar de ello, no creo que la Corte esté en la capacidad técnica ni tampoco sería jurídicamente razonable que le dé esa extensión adicional a Nicaragua perjudicando los intereses de Colombia, por una sencilla razón y es que la Corte tiene la finalidad de resolver problemas entre los países, y si llega a hacer eso, que fue la misma crítica que se le hizo con la sentencia de 2012, desconocería su finalidad la Corte y lo que estaría haciendo es generando conflicto entre los países, y eso es algo que la Corte siempre ha evitado hacer, salvo la sentencia de 2012.


Fíjese recientemente lo que pasó con Chile y con Perú, los chilenos celebran porque creen que ganaron y los peruanos también. Y es que esa es la función de la Corte, que todo el mundo quede contento con sus decisiones y se resuelvan conflictos, pero que con la decisión del 2012 se generó un problema y casi que un conflicto entre Nicaragua y Colombia.


Y en este caso también en donde le llegue a reconocer una plataforma continental extendida, pues ahondaría mucho más en ese problema. No creo que la Corte lo haga.


Y sobre lo otro, lo cierto es que ahí tiene un argumento Colombia frente al problema del no cumplimiento con sus derechos marítimos, ahí tiene un argumento muy fuerte y es que se ha demostrado la voluntad del Estado colombiano de celebrar un tratado para buscar dar cumplimiento al fallo de la Corte.
Lo cierto sí es que el Gobierno tiene que ser muy claro y muy sincero con la opinión pública en decir si realmente no estamos cumpliendo con el fallo porque si no es así, eso sí puede generar la responsabilidad del Estado colombiano. Pero si en la práctica, que pareciera ser que la respuesta que ha dado la Cancillería  sí se está cumpliendo con el fallo, entonces Colombia no tendría nada que perder al enfrentar el proceso.