Detalles detrás del proceso por el que Uribe quedaría libre | El Nuevo Siglo
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Jueves, 17 de Septiembre de 2020
Redacción Política

Para el próximo martes 22 de septiembre a las nueve de la mañana quedó aplazada la audiencia en la que la jueza 30 de control de Garantías, Clara Ximena Salcedo Duarte, definirá si concede o no la libertad al exsenador Álvaro Uribe Vélez.

Este miércoles se cumplió la audiencia solicitada por la defensa en la que pidió la libertad inmediata del excongresista, bajo el argumento de que con el cambio de instructor de la investigación queda sin sustento jurídico la medida de aseguramiento que dictó la Corte Suprema a Uribe Vélez.

En efecto, el pasado 3 de agosto la Sala Especial de Instrucción de la Corte, al resolver la situación jurídica de Uribe, lo sindicó de ser el presunto determinador de los delitos de falsedad procesal y soborno en actuación penal y le dictó medida de aseguramiento de detención domiciliaria.

Sin embargo, el pasado 30 de agosto la Sala de Instrucción consideró que tras la renuncia de Uribe a su curul senatorial, el 18 de agosto, ya no tiene fuero constitucional y por tanto la Corte Suprema no es competente para seguir conociendo del proceso. Por ello lo remitió a la Fiscalía General.

Justamente por ese tránsito de instrucción el abogado Jaime Granados, apoderado de Uribe Vélez, consideró que existe un cambio de procedimiento procesal y, por tanto, como la Fiscalía no ha hecho imputación alguna debe su cliente quedar en libertad inmediata.

En sorteo realizado antes de la audiencia bajo la supervisión de la Procuraduría General, el expediente quedó a cargo de la jueza 30 de Garantías que escuchó a las partes sus argumentos sobre la legislación aplicable al proceso.

Intervinieron el abogado Reynaldo Villalba, apoderado del senador Iván Cepeda, admitido como parte civil; el fiscal del caso, Gabriel Ramón Jaimes Durán; la delegada del Ministerio Público, María Lourdes Hernández; los abogados Eduardo Montealegre Lynnet y Jorge Fernando Perdomo Torres, admitidos como víctimas en el proceso, y el defensor de Uribe Vélez, el jurista Jaime Granados Peña.

Los argumentos

En su argumentación ante la jueza 30, el abogado Villalba explicó que la renuncia de Uribe al fuero parlamentario solo implica el cambio de instructor, no la jurisdicción, y por tanto se debe aplicar la Ley 600 de 2000, Código de Procedimiento Penal, con la que la Corte Suprema inició la investigación.

A su turno, Montealegre Lynnet reforzó esa tesis agregando que “estamos ante la coexistencia de dos sistema procesales, pero la jurisprudencia sostiene que prevalece la ley anterior”, es decir la Ley 600 y no la 906 de 2004 que creó el Sistema Pena Acusatorio.

Por su parte, el abogado Perdomo Torres, advirtió que no se puede hablar de cambio procesal sino de “cambio de competencia instructiva: la Fiscalía puede seguir la investigación con la misma ley (600/2000) respetando el principio de legalidad”.

Cambio de procedimiento

Mientras tanto, los demás intervinientes en el proceso consideraron que la investigación debe continuar bajo el Sistema Penal Acusatorio.

El fiscal Jaimes Durán le dijo a la jueza que “se opone a las pretensiones de tratar de encausar este asunto por la Ley 600 de 2000”. En su criterio jurídico, como los hechos materia de investigación se habrían cometido en 2018 “el procedimiento aplicable es la Ley 906 de 2004. El tiempo de ocurrencia de los hechos es lo que determina esa circunstancia”, afirmó.

 

Lo mismo advirtió la delegada del Ministerio Público. “Debe imperar la legislación que aplicada para el momento de los hechos, es decir entre 2017 y 2018, época en que estaba vigente la Ley 906, por tanto es el procedimiento que debe continuar”, aseguró.

A su turno, el abogado defensor recordó varias sentencias de la Corte Constitucional, incluso una expedida cuando Montealegre Lynnet era magistrado de ese tribunal: “la misma Corte Constitucional ha considerado que se debe aplicar la normatividad vigente al momento de la comisión de las conductas”, en este caso la Ley 906 de 2004.

La jueza 30 de control de Garantías escuchó los argumentos de las partes sobre el procedimiento. La semana entrante tomará la decisión. 

Inclusive, el jurista explicó que fue bajo esa misma norma que la Corte Suprema de Justicia rechazó por improcedente las recusaciones que presentó el senador Cepeda contra el Fiscal General, la Vicefiscal General y el coordinador de Fiscales Delegados ante la Corte.

Así las cosas, los argumentos jurídicos de las partes ya están sobre la mesa al menos frente al procedimiento que consideran debe aplicarse en el proceso.

La jueza de Garantías en la próxima audiencia escuchará nuevamente a las partes frente a la solicitud de medida de aseguramiento contra Uribe y entrará a tomar una decisión de fondo.