EL FALLO del Tribunal Superior de Bogotá al amparar los derechos de los animales como seres sintientes, que sentó las bases jurídicas para el concepto de familias multiespecie, tendrá muchas implicaciones, no solo respecto a los derechos de las mascotas, sino a las obligaciones de sus tenedores.
Como se sabe, la entidad reconoció esta semana a una perrita como integrante de una familia, luego de una demanda que interpuso un ciudadano contra su expareja, quien tras la separación evitó que de forma regular viera al canino, identificado como Simona.
La sentencia contempla que con el término de familias multiespecie los animales podrán “ocupar un lugar como integrantes de familias humanas, situación susceptible de protección como realidad social”.
Sobre este caso, se conoció que el demandante solicitó a la justicia que regulara las visitas con Simona, amparado por el vínculo de cariño que ambos fortalecieron mientras vivían juntos.
EL NUEVO SIGLO habló al respecto con Luis Domingo Gómez Maldonado, profesor universitario y defensor de los derechos animales.
Respondió sobre el fallo que la consecuencia inmediata es que en este momento será imposible que cualquier juez de familia de Colombia asegure que no tiene competencia para resolver las solicitudes de fijación de regímenes de visita y cuidado de mascotas.
“Atendiendo este precedente, los jueces de familia tendrán que avocar el conocimiento de solicitudes y definir esos regímenes de cuidado y visitas”, manifestó.
Destacó que hay la necesidad de reconocer a las mascotas como parte de la familia por las relaciones de afecto que se establecen con estos animales.
Por lo mismo, la ley permite que vivan bajo el mismo techo con seres humanos. “Tanto es así que, en 2021, en España se reformó el Código Civil justamente para establecer estas reglas necesarias para dirimir este tipo de conflictos. Efectivamente, en Colombia, con este fallo hay cinco decisiones judiciales, emitidas por jueces de la República, que reconocen el fenómeno, directa o indirectamente, de las familias multiespecies. Pero esta es una decisión de un tribunal de distrito, los anteriores eran jueces municipales y de circuito”, puntualizó.
Consultado sobre la aplicación de la sentencia, indicó que es de carácter directo. “Es que una pareja que vaya a separarse hoy y que acuda a un juez de la República para un trámite de separación judicial va a poder, dentro de las pretensiones, iniciar un proceso para regular el régimen de tenencia y visitas para las mascotas que tengan en el momento de la separación. El juez tendrá que resolverla”, puntualizó.
Se tendrá que resolver “por ejemplo, cuál de los dos va a estar al cuidado del animal, cómo serán los gastos de manutención del animal y quién correrá con los gastos médicos veterinarios”.
Lo que viene
Sobre el futuro de dicha resolución, el docente universitario destacó que la Sala Mixta del Tribunal Superior de Bogotá definió competencia al juez tercero de familia de Bogotá.
“Luego, lo que va a terminar pasando es que tenemos que esperar la decisión del juez tercero de familia del Circuito de Bogotá, para conocer los términos del régimen de visitas que tiene el accionante puntualmente”, dijo Gómez.
También aseguró que, desde el punto de vista jurídico, la tenencia de una mascota implica mucha responsabilidad.
“Tenemos un régimen legal de protección de animal grande. Pero lo relevante de la decisión del Tribunal es que deja claros dos elementos que configuran esa relación de familia con otras especies: Que la familia decida darle ese afecto que la ley permita. En esas acciones de reconocimiento como miembro de la familia está el ponerles un nombre, darles identidad. Y dos, otorgarles un rol en el ámbito de familia, lo que implica darles roles como hermanos e hijos”, manifestó.
Finalizó con que el fallo del Tribunal Superior de Bogotá marca un precedente, por lo que “como nuestra jurisdicción es de orden nacional, veremos invocada esta decisión en muchos despachos judiciales del país, cuando se pretenda pedir a jueces de familia regular este tipo de conflictos”.