Gobierno da reversa y retira nulidad a curules de víctimas | El Nuevo Siglo
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Miércoles, 9 de Junio de 2021
Redacción Web

El Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre) demandó la decisión de la Corte Constitucional mediante la cual hace menos de un mes revivió las 16 curules de paz para las víctimas del conflicto en la Cámara de Representantes.

Estas curules, creadas al amparo de los acuerdos de paz suscritos en la pasada administración nacional, tuvieron una larga historia de tropiezos en el Legislativo.

Luego de una ardua discusión, el proyecto no se aprobó en 2017 pues solo obtuvo 50 votos, lo que sirvió de pretexto a la mesa directiva para argumentar que faltaron dos votos, pues en ese momento había varios congresistas impedidos.

En 2018 el proyecto fue revivido pero negado nuevamente en el Congreso, por ello el senador Roy Barreras interpuso una tutela en contra de la Mesa Directiva del Senado.

Ese recurso fue negado por el Juzgado 16 Administrativo de Bogotá y por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, pero la tutela llegó a revisión de la Corte que el pasado 21 de mayo zanjó las diferencias y le dio la razón al senador Roy Barreras, quien reclamaba la creación de las curules de paz.

No obstante, ahora el Dapre interpuso un recurso de nulidad para tumbar esa decisión que beneficiaría a cerca de nueve millones de víctimas.


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El recurso fue presentado el pasado 26 de mayo, a nombre de la Presidencia de la República, por el abogado Fernando Hernández Alemán, ante el despacho del despacho del magistrado Alejandro Linares.

Linares fue quien promovió el debate dentro de la Sala Plena de la Corte que, finalmente, se impuso para revivir las 16 curules de paz.

Teniendo en cuenta que contra las decisiones de la Corte Constitucional no procede ningún recurso ordinario, solo procede la petición de acción de nulidad para que esa alta corporación, que es el órgano de cierre, decida si revisa su propio fallo del 21 de mayo.

Según el jurista Hernández Alemán, en este proceso se violó el debido proceso, teniendo en cuenta que el senador Barreras tenía otras opciones a la hora de atacar la decisión de la Mesa Directiva del Senado, y no la acción de tutela que es un mecanismo excepcional.