Off the record | El Nuevo Siglo
Foto archivo El Nuevo Siglo
Lunes, 31 de Octubre de 2016
Redacción Política

Una de las firmas de abogados más importantes del país será contratada por varias fundaciones y entidades sin ánimo de lucro ¿La razón? Consideran que se podría estar violando el principio de igualdad y selección objetiva que rige el sistema de contratación en Colombia con la decisión anunciada la semana pasada por el presidente Juan Manuel Santos, en el marco de las nuevas acciones en la lucha contra la corrupción. El Jefe de Estado anunció que firmará la modificación al Decreto 777, que regula el régimen de contratación con las Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL), con el fin de eliminar la contratación directa con estas.

Prohibirán contratación con las ESAL

Según Santos se encontró que este tipo de contratación es “responsable de la pérdida de billones de pesos, que son recursos generalmente destinados a la población más vulnerable”. La medida, sin embargo, tendrá repercusiones, ya que varias entidades sin ánimo de lucro, varias de ellas con un potencial económico y una trayectoria muy amplia y reconocida en contratación con entidades del orden nacional, regional y local, consideran que, como reza el refrán popular, no pueden pagar justos por pecadores, pues así como hay redes de contratistas que se escudan en fundaciones de ESAL para robarse la plata del Estado, otras son empresas serias y sin ninguna tacha.    

No se descarta demanda al decreto reformado

“… Esto es como vender el sofá para acabar con la infidelidad de la esposa… Lo lógico es vetar a las ESAL que no cumplen con los contratos y premiar a las que sí… Vea le pongo un ejemplo recién salido del horno, que está contenido en el último informe de Planeación Nacional sobre los doscientos y pico de proyectos que tienen en riesgo 1,8 billones de pesos de las regalías… Allí dice que, y le leo textual, los ‘208 proyectos críticos son ejecutados a través de 716 contratos, de los cuales $1,2 billones (73%) fueron contratados con consorcios (40%), uniones temporales (23%) y entidades sin ánimo de lucro (9%)’… A lo que hay que ponerle la lupa es a esos consorcios y uniones temporales, pero aquí la pita se quiere romper por el lado más delgado”, dijo un vocero de una fundación, que pidió la reserva de su nombre, porque “hay que esperar cómo modifican el decreto” y luego veremos “si vamos al contencioso y lo demandamos”.

Mala semana para las ESAL

No es, en consecuencia, muy positivo el panorama para las entidades sin ánimo de lucro. No hay que olvidar, también, que en el marco del proyecto de reforma tributaria estructural que presentó al Congreso el Ministerio de Hacienda, se prevén distintas normas para aumentar el control “al abuso del régimen tributario  especial de las entidades sin ánimo de lucro”: se ajustan los procedimientos de la Dian para que estas entidades puedan acceder a ese régimen tributario especial; se establece la prohibición de reparto de excedentes sin excepción; también habría una cláusula general anti-evasión, a través de la cual la Dian pueda retirar del régimen tributario especial a la entidad si evidencia incumplimiento de cualquiera los  requisitos exigidos; tampoco podrán contratar con miembros de su Junta Directiva, sus empresas y/o familias; y, por último, tendrán que revelar información sobre pagos, entre otros ajustes.