Es importante que se establezcan medidas que contrarresten el cambio climático, no solamente en el marco general de políticas de gobierno, pues se hace necesario que se adopten a través de políticas de Estado, como garantía de su implementación y permanencia en todo orden territorial como gubernamental.
Así lo plantea la exposición de motivos del proyecto de ley número 58 de 2015 Senado, “por medio del cual se establecen medidas para la adaptación y mitigación del cambio climático y se establecen otras disposiciones”, radicado el 18 de agosto por el senador Luis Fernando Duque, del Partido Liberal.
La iniciativa fue repartida a la Comisión Quinta del Senado, donde fueron designados como ponentes los legisladores Carlos Felipe Mejía, del Centro Democrático, y Lidio Arturo García, del Partido Liberal.
Según la exposición de motivos "el cambio climático corresponde a la amenaza ambiental que resulta de la quema de combustibles fósiles, los cuales liberan gases (CO2) a la atmosfera, aumentando la temperatura del planeta y por ende, alterando el sistema climático. Entre los cambios que genera, se encuentra el colapso de ecosistemas, derretimiento de glaciares, embates de calor".
Según el senador Duque, los planes de adaptación al cambio climático deberán promover proyectos y programas de prevención y precaución, desarrollo de investigación e información, criterio de flexibilidad en el desarrollo de actividades productivas, sectorización de instalaciones y obras de infraestructura que se adapten al cambio climático, restauración de la cubierta arbórea, humedales y pastizales y el establecimiento de planes de evacuación y sistemas de respuesta médica en caso de alguna catástrofe natural.
Igualmente propone la creación del Fondo de Adaptación y Mitigación del Cambio Climático, como una cuenta especial sin personería jurídica, cuyo ordenador del gasto será el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, para efectos de financiar las medidas objeto de la presente ley.
También se establecerán unos incentivos pecuniarios y no pecuniarios, que serán establecidos por el Gobierno nacional adecuados a las entidades públicas y particulares que realicen acciones concretas de adaptación y mitigación al cambio climático.
Finalmente se busca crear el Registro Estatal de Emisiones Contaminantes, el cual estará a cargo del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam) y en el cual se publicarán los datos sobre emisiones a la atmósfera, al agua y al suelo de sustancias contaminantes, para lo cual el Gobierno nacional reglamentará según criterios técnicos.
Principios
Tras establecer que el objeto del articulado es enfrentar los efectos adversos del cambio climático, mediante la adopción de disposiciones para lograr la adaptación al cambio climático y mitigación de emisiones de gases de efecto invernadero, sostiene que es de orden público e interés social y de obligatorio cumplimiento en todo el territorio nacional.
Como principios rectores de proyecto, Duque propuso el de aplicación e interpretación favorable, es decir que en caso de duda en la aplicación de cualquier norma jurídica, prevalecerá la aplicación e interpretación más favorable para la protección del ambiente.
Además plantea el principio de conservación (los recursos ambientales tendrán preferencia en su protección frente a las actuaciones que no tengan certeza de desarrollo sostenible), de corresponsabilidad (la familia, la sociedad y el Estado son corresponsables en la protección del ambiente), de pensar global actuar local (la actuaciones públicas y privadas deben tener como criterio de decisión la protección del planeta en el actuar de cada localidad o comunidad), de mejor tecnología disponible (las actuaciones públicas y privadas favorecerán el desarrollo, comercialización y consumo de tecnologías respetuosas con el ambiente), de precaución o In dubio Pro Natura (cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del ambiente), de prevención (las funciones públicas y privadas estarán enmarcadas en acciones para enfrentar los efectos del cambio climático y evitar daños al ambiente y preservación del equilibrio ecológico), de responsabilidad ambiental (los actores que con sus acciones u omisiones afecten o puedan afectar el ambiente estarán obligados a prevenir, minimizar, mitigar, reparar, restaurar y compensar los daños que causen), de restauración efectiva (el daño ambiental que cause afectación al cambio climático debe propender por su reparación integral), de solidaridad (las autoridades públicas y particulares son solidarias en la realización de acciones para la mitigación y adaptación frente a los efectos adversos del cambio climático) y de integralidad y transversalidad (adoptar un enfoque de coordinación y cooperación entre los entes gubernamentales y los sectores social y privado para garantizar y optimizar procesos y resultados de la política nacional de cambio climático).
Adaptación
El artículo 5 del proyecto propone un “plan de adaptación al cambio climático” el cual deberá “contener instrumentos de diagnóstico, planificación, medición, monitoreo, reporte, verificación y evaluación”.
Uno de los objetivos es, según el proyecto, “disminuir la vulnerabilidad de los ecosistemas frente a los efectos del cambio”.
También se buscará “mejorar la resistencia de los sistemas naturales y humanos”, así como “reducir riesgos y daños en los sistemas ecológicos, físicos y sociales, generando oportunidades de mejora en seguridad alimentaria, productividad agrícola y pecuaria y conservación de ecosistemas y recursos naturales” y “crear mecanismos efectivos de alertas tempranas y atención en zonas impactadas por los efectos del cambio climático”. Además se pretenderá “diseñar adaptaciones a la infraestructura”.
“Los planes de adaptación al cambio climático deberán promover planes, proyectos y programas de prevención y precaución, desarrollo de investigación e información, criterio de flexibilidad en el desarrollo de actividades productivas, sectorización de instalaciones y obras de infraestructura que se adapten al cambio climático, restauración de la cubierta arbórea, humedales y pastizales y el establecimiento de planes de evacuación y sistemas de respuesta médica en caso de alguna catástrofe natural”, se lee en la exposición de motivos del proyecto.