Pocas de las nuevas disposiciones que estableció la Reforma al Código Electoral que aprobó el Congreso el año pasado alcanzarán a entrar en vigor en las parlamentarias y presidenciales del 2022, pues este proyecto de ley estatutaria aún se encuentra en estudio de la Corte Constitucional, en tanto que el calendario para esta cita con las urnas ya está andando. A propósito de este último como consecuencia se verán varios cambios para las elecciones del 2026.
Uno de ellos tiene que ver con la inscripción de cédula que hacen los ciudadanos para poder votar por cambio del municipio de residencia. Este proceso inició el pasado 13 de marzo e irá hasta el 13 de enero del 2022, según está fijado en el calendario electoral.
Dicha reforma genera un nuevo concepto al respecto al incorporar la figura del domicilio electoral como el lugar de asiento permanente del votante que es registrado bajo la gravedad de juramento en el censo electoral. En el evento en que el ciudadano cambie su residencia de municipio o vaya a vivir fuera del país, tendrá un plazo de 2 meses para informar a la Registraduría o embajada esta novedad.
Ello significa que en el calendario para las elecciones presidenciales y legislativas del 2026 desaparecerá el periodo de inscripción de cédulas por 10 meses.
Otro cambio se producirá en el censo electoral, es decir las personas que están habilitadas para votar. El calendario para las parlamentarias de marzo próximo establece que en noviembre se suspende la incorporación de cédulas de primera vez; mientras que el próximo 13 de diciembre se publicará el censo definitivo.
La reforma ordena la conformación de un nuevo censo electoral, en donde además de la identificación del ciudadano que se contempla hoy en día, tendrá más datos como el correo electrónico, número de celular, nivel de escolaridad, comunidad o población étnica, entre otras.
Para integrar este nuevo censo electoral la reforma da un plazo de un año, a partir de la sanción presidencial, para que los ciudadanos actualicen sus datos.
El calendario para las legislativas del 2022 fija que desde el próximo 13 de diciembre se publicará el censo electoral hasta que finalice el periodo de inscripción de cédula por parte de los ciudadanos, esto es el 13 de enero del 2022.
Mientras que la reforma al Código Electoral prevé que la Registraduría publicará el censo definitivo 2 meses antes de las elecciones.
- Le puede interesar: 2022: ¿cuál será la bandera política más taquillera?
Más cambios
En el calendario para los comicios parlamentarios del 2022, el pasado 13 de marzo se inició el registro de comités inscriptores de candidaturas por parte de grupos significativos de ciudadanos, periodo que se extenderá hasta el 13 de noviembre venidero.
Sobre el particular la reforma al Código Electoral mantiene que la apertura de inscripción de estos comités ciudadanos comience un año antes de las elecciones, es decir que en el caso de las legislativas arrancará en marzo. No obstante el cambio está en que finalizará en agosto, con 7 meses de anticipación de ir a las urnas.
En cuanto a la modificación de candidatos inscritos por renuncia o no aceptación para las parlamentarias del 2022 el calendario electoral establece que se iniciará el próximo 14 de diciembre y finalizará el 20 de ese mes, es decir 5 días hábiles siguientes al cierre de la inscripción de candidatos.
Sin embargo, la reforma al Código Electoral establece que el plazo para modificar candidatos será de cinco días calendario siguientes al cierre de la inscripción, y no días hábiles como en la actualidad ocurre.
De igual manera el calendario para las elecciones legislativas de marzo próximo establece que el próximo 13 de diciembre la Registraduría hará la solicitud a diferentes entidades de listas de personas que pueden prestar el servicio de jurados de votación.
El 13 de enero de 2022 inician los sorteos y publicaciones de listas de jurados de votación; y el 13 de febrero finalizan los sorteos y publicaciones.
Este proceso ya no se verá en el calendario electoral para las elecciones del 2026, pues la reforma al Código Electoral señala al respecto que la Registraduría Nacional hasta 45 días antes de la fecha de votación seleccionará aleatoriamente del censo electoral a aquellos ciudadanos que cumplan con las calidades requeridas.