Estas son las EPS con más tutelas, encabeza Medimás y Coomeva | El Nuevo Siglo
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Lunes, 21 de Junio de 2021
Redacción Nacional

La Defensoría del Pueblo informó que el ranking anual de tutelas contra las EPS que anualmente elabora esa entidad de protección de los derechos humanos, evidenció cuáles son las cinco Entidades Promotoras de Salud con mayor número de acciones interpuestas en su contra durante el 2020.

En su orden, dice la Defensoría, fueron: Medimás con 59 casos por cada 10.000 afiliados, seguido de Coomeva con 40, Comfaoriente con 28, Savia Salud/Alianza Medellín con 26 tutelas y Convida con 24 casos.

De acuerdo con el análisis que hace la entidad, la Corte Constitucional recibió el año pasado un total de 81.899 tutelas que pretendían la protección del derecho a la salud y en los primeros cinco meses de este año ya se han reportado 22.973 tutelas.



Por ello, ante este elevado número de acciones de tutela, el defensor del Pueblo, Carlos Camargo, hizo un llamado a quienes prestan los servicios públicos de salud para que asuman su condición de garantes de los derechos de manera directa y evitar que los ciudadanos sean vulnerados en sus derechos.

“La acción de tutela, como mecanismo subsidiario de protección, sería innecesaria si las entidades responsables del sistema cumplieran a cabalidad su tarea”, manifestó el Defensor.

El ranking anual de tutelas contra las EPS de la Defensoría del Pueblo evidenció además que los departamentos donde más se tuteló el derecho a la salud durante 2020 fueron Antioquia con 15.260 recursos judiciales; seguida de Valle del Cauca con 9.991 y Bogotá con 6.769 tutelas presentadas en 2020.

Aunque Medimás y Coomeva, encabezan la lista de las EPS con mayor número de tutelas por cada 10.000 afiliados, Nueva Eps es la entidad prestadora de salud que más recursos judiciales por tutela está confrontando con 10.240 casos, lo que representa 13 casos por cada 10.000 afiliados.

Entre 2011 y 2020 se reportaron 1.463.534 tutelas en relación con el derecho a la salud, que sigue siendo el segundo derecho más tutelado (después del derecho de petición) por la acción u omisión de autoridades públicas y particulares que prestan servicios públicos.