Claves de la reposición de defensa de Uribe ante la Corte | El Nuevo Siglo
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Martes, 11 de Agosto de 2020
Redacción Nacional

Este martes será un día clave para la defensa del senador y expresidente Álvaro Uribe Vélez, cobijado hace una semana con medida de aseguramiento de detención preventiva por la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia como presunto determinador de los delitos de falsedad en actuación penal y fraude procesal.

De una parte, este martes vence el plazo legal para que la defensa de Uribe decida si presenta un recurso legal contra la decisión de la Corte. De hacerlo, son varias las posibilidades que tiene el abogado Jaime Granados Peña, jefe del bufete de abogados que defiende al exmandatario.

  1. Recurso de reposición: de echar mano de este recurso, Granados tendría que presentarlo ante la misma Sala Especial de Instrucción donde se adoptó la medida de aseguramiento contra su cliente por unanimidad.

    Esa Sala es integrada por seis magistrados, de ellos la magistrada Cristina Lombana fue apartada del caso por una recusación. De radicarse la reposición, y en caso de que no haya cuatro votos a favor o en contra del recurso, la Sala tendría que acudir a un conjuez para dirimir la votación.

    La defensa también podría interponer un recurso de revocatoria de la medida de aseguramiento ante la misma Sala, pero para ello tendría que haber una prueba sobreviniente que pueda tumbar los argumentos de la Corte.
  1. Recurso de apelación: como le han dicho varios juristas a EL NUEVO SIGLO, este recurso procedería pero no en este momento, pues antes tendría que darse una decisión de primera instancia, y no se ha llegado a esa etapa. Por ahora, la Corte solo ha resuelto la situación jurídica de Uribe.

    También, la defensa podría pensar en la posibilidad de pedir un control de legalidad frente a la decisión de la Sala Especial de Instrucción que se interpondría ante su superior, en este caso la Sala de Decisión Penal -segunda instancia-.
  1. Etapa de instrucción: a partir de la resolución de la situación jurídica ahora tanto la Corte como la defensa disponen de 120 días para la práctica de pruebas, controvertir testimonios y fortalecer su estrategia de cara al cierre de la investigación que no puede pasar de ese término.

    Al vencer ese plazo, la Sala Especial de Instrucción tiene que decidir si precluye la investigación a favor del investigado, o lo acusa ante la Sala de Decisión Penal de la Corte Suprema, integrada también por otros seis magistrados distintos a los anteriores.

    “Si vencido ese término no se cierra la investigación y se califica el sumario, al día siguiente viene el pedido de la libertad por vencimiento de términos”, le dijo a este Diario el expresidente de la Sala Penal de la Corte, Alfredo Gómez Quintero.
  1. Vencimiento de términos: pero vencido ese término y si Uribe es llamado a juicio, es decir, es acusado de los dos delitos que hoy se le imputan, se levanta la reserva del sumario y todas las pruebas quedarán de libre conocimiento.

    Una decisión no favorable para el senador Uribe en esta instancia también tiene recursos ante la propia Sala Penal, pero faltan muchas etapas antes de llegar allá. Inclusive, procedería una acción ante la Sala de Casación Penal. 
  1. Levantar la reserva del sumario: en los últimos días, el abogado Jaime Granados ha insistido en la necesidad de que la Corte levanta la reserva de ley que existe en el proceso contra su cliente. Y el lunes formalizó esta petición con un radicado ante el despacho del magistrado ponente César Augusto Reyes.

    Esa posibilidad, empero, no se ve muy viable teniendo en cuenta que la reserva del sumario está contemplada en el Código de Procedimiento Penal, y para prescindir de ella habría que primero reformar ese estatuto.“La reserva sumarial existe en la legislación colombiana entre otras razones para proteger el principio de presunción de inocencia contemplado en la Constitución.

    En el proceso contra Álvaro Uribe, la realidad es que por razones que desconoce la defensa, el proceso se ha venido filtrando selectivamente a cuentagotas a la opinión pública de forma descontextualizada y haciendo énfasis en las pruebas en contra y no en las decenas de pruebas contundentes a favor’’, indicó Granados la semana pasada en un comunicado.
  1. Nuevos testimonios: en esta parte del proceso es posible que la defensa se la juegue en otro escenario: el llamamiento de nuevos testimonios y nuevas pruebas.

    De hecho, Granados reveló que su cliente no buscó la versión de ‘el Tuso’ Sierra en Estados Unidos, sino que esta fue recogida por la investigadora americana Lisa Ruth. “Sorprendentemente, esta profesional no ha sido llamada a dar su versión sobre la forma en la cual se recibió la versión de Sierra”, dice el comunicado.

    El jurista calificó de “inaudito” que la Sala no haya escuchado los testimonios de Roque Arismendi, Juan Manuel Aguilar y otras personas cuyo testimonio podría beneficiar a Uribe.


La curul de Uribe

Este lunes, también se puso en evidencia que en la providencia de 1.554 páginas en las que la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia resolvió la situación jurídica del senador Uribe no le pidió a la mesa directiva del Senado que lo separe del cargo. Es decir, que Uribe podría seguir ejerciendo sus labores legislativas desde su sitio de reclusión.

En la parte motiva dice la decisión: “Por lo argumentado, la Sala sustituirá la detención preventiva por la detención domiciliaria, de manera que el senador Uribe Vélez cumplirá la privación de la libertad en el lugar que señale para dicho efecto. Ello, sin que resulte necesario solicitar de forma previa la suspensión en el ejercicio del cargo, por cuanto en el inciso final del artículo 359 de la Ley 600 de 2000, se prevé la posibilidad de prescindirse de esta formalidad, pues no se advierte entorpecimiento de la buena marcha de la administración”.

De ser así, el Senador del Centro democrático podría seguir ejerciendo sus funciones o pedir una licencia para atender su situación judicial.