Congreso insistirá en reforma a fondo de la justicia | El Nuevo Siglo
Diana Rubiano/El Nuevo Siglo
Miércoles, 6 de Octubre de 2021
Redacción Política

La Comisión Primera de la Cámara iniciará la discusión de un proyecto de acto legislativo para reformar la justicia, que presentó el Partido Cambio Radical con modificaciones importantes como suprimir la mayoría de funciones electorales de las altas Cortes.

Los dos últimos gobiernos han intentado hacer cambios de fondo en la justicia, sin lograr llevarlo a cabo por falta de consenso entre los tres poderes públicos.

La apertura del trámite del proyecto de acto legislativo N.° 125 de 2021 Cámara, por el cual se reforma la Constitución Política en materia de administración de justicia, se hará con una audiencia pública en dicha célula legislativa. 

Mediante el presente proyecto de Acto Legislativo se propone al Congreso unos ajustes puntuales a la estructura de la administración de justicia para propender por la seguridad jurídica, el acceso a este servicio, su eficiencia y calidad. 

La iniciativa recoge los principales puntos de consenso alcanzados en el trámite de un proyecto de reforma a la justicia que fue archivado en el 2018, prescindiendo de algunos temas, como la reforma al sistema de gobierno, Tribunal de Aforados y administración de la Rama Judicial. 

El presente proyecto fija la obligatoriedad del precedente judicial, estableciéndolo de forma expresa en el artículo 230 de la Constitución, para reiterar el deber de coherencia de los jueces con los precedentes de las altas Cortes.

De hecho, señala la iniciativa, el precedente judicial no solo ha sido reconocido jurisprudencialmente, como ocurrió en la sentencia C-836 de 2001,sino también por vía legal en el Código General del Proceso y el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

La iniciativa de Cambio Radical también propone aumentar el periodo de los magistrados de ocho a 12 años, con el argumento de que “no es conveniente que los lineamientos de las altas Cortes como órganos de cierre varíen cada ocho años con la elección de nuevos magistrados”.

En ese sentido, el proyecto de reforma constitucional hace eco de la Comisión Bonivento, que en 2010 propuso aumentar el periodo en la magistratura, señalando en esa oportunidad que “lo que persigue es asegurar, con dicha permanencia, una mayor solidez o vigor en la unificación de las jurisprudencias de las Altas Cortes, indispensable para que estas puedan desarrollar la eficacia obligatoria relativa de la jurisprudencia que se propone en la reforma”. 

En materia de descongestión, el proyecto propone dotar de precisas facultades jurisdiccionales a abogados, notarios, centros de arbitraje y centros de conciliación.

Por ejemplo, sería posible asignar a los notarios la función de declarar la prescripción adquisitiva de dominio en los casos en que no exista oposición de terceros; de igual forma, se habilitaría a los abogados para ejercer como jueces de tiempo parcial, con fines de descongestión y para casos reiterativos en los que se deban aplicar las sentencias de unificación. 



Otros ajustes

Dicho proyecto de reforma constitucional también recaba en la necesidad que considera de aumentar los requisitos de edad y experiencia para ser magistrado, esto a pesar de que la reforma de Equilibrio de Poderes del 2015 incrementó el requisito de experiencia de 10 a 15 años.

No obstante, la iniciativa considera que 15 años es insuficiente para lograr el objetivo de que los juristas que llegan a la alta dignidad de la magistratura lo hagan para terminar su carrera y “no, como ocurre ahora con frecuencia, como un paso intermedio en la carrera profesional”, argumenta. 

El proyecto propone aumentar la experiencia de 15 a 25 años y además que el candidato a magistrado tenga una edad de 50 o más años. 

También incluye en la Constitución que las altas Cortes puedan separar del cargo a los magistrados cuya honorabilidad se encontrara seriamente cuestionada.

Vale recordar que la Corte Suprema de Justicia modificó su reglamento interno habilitando a la Sala Plena para aplicar esta medida, ello a propósito del hecho puntual que se presentó con el entonces magistrado Gustavo Malo, por esos días investigado por su presunta participación en el llamado Cartel de la Toga, a quien el alto Tribunal le pidió apartarse del cargo mientras dejaba en limpio su buen nombre, pero este se negó alegando su inocencia.

Finalmente, por la modificación de su reglamento interno la Corte suspendió a Malo, quien luego fue condenado a nueve años y ocho meses de prisión por los delitos de concierto para delinquir, cohecho propio y prevaricato por omisión.

Además el proyecto ‘mete mano’ al problema que se ha presentado con bloqueos en las altas Cortes a la hora de elegir magistrados, presidentes de las corporaciones o altos funcionarios, como puntualmente ha sucedido en la Corte Suprema de Justicia, que terminó incluso por demorar la elección del actual Fiscal General.

En una reforma a su reglamento, el Consejo de Estado dispuso la disminución de las mayorías requeridas para las elecciones a cargo de la Sala Plena, si al cabo de tres meses no se lograba la mayoría calificada. 

El proyecto destaca que “esto ha permitido realizar elecciones más rápidas en el Consejo de Estado, evitando los desgastes de tiempo atrás”, por lo que propone una norma con un objetivo similar que sea uniforme para todas las altas corporaciones.

Así mismo, plantea la supresión de las funciones de nominación que tienen las altas Cortes, pues considera que “distraen a los magistrados de su verdadera función de administrar justicia”. 

En tal sentido determina trasladar al Congreso integralmente los procesos para elegir al Auditor General de la República y el Procurador General de la Nación, como lo había propuesto el Consejo de Estado.

No obstante, el proyecto mantiene en las altas Cortes la elección del Fiscal General de la Nación y del Registrador Nacional del Estado Civil, el primero de estos en la Corte Suprema, pues se trata de un funcionario que hace parte de la Rama Judicial.

Por otra parte, si bien la elección del Registrador no es un asunto que tenga que ver con las funciones misionales de la Rama Judicial, el proyecto considera que “no parece existir en este momento una mejor opción institucional para la elección de ese alto funcionario”.  

También se toca un aspecto del Código Penal en lo que tiene que ver con los sindicados, pues encuentra que hay un grave problema con personas con varios años en detención preventiva sin que hayan sido objeto de sentencia absolutoria o condenatoria. 

Por ello se propone establecer un límite claro en cuanto al tiempo que una persona puede durar en detención preventiva, indicando que esta en ningún caso podrá durar más de 12 meses. 

Por otra parte, el proyecto también propone establecer un término de 72 horas para poner a disposición del juez a las personas detenidas preventivamente. 



 Ley estatutaria 

En junio pasado el Congreso aprobó en último debate un proyecto de ley estatutaria de reforma a la Administración de Justicia, que pasó a revisión de la Corte Constitucional.

La iniciativa, que brinda herramientas legales para agilizar trámites y servicios judiciales, lo mismo que introduce el expediente digital en todas las ramas del derecho, es el aporte del actual Gobierno a la reforma a la justicia, dentro de una visión de ajustes puntuales que determinó, después de que en 2019 se hundiera una reforma de gran calado que presentó.