Modificación de Ley de Garantías nos hará más eficientes: MinHacienda | El Nuevo Siglo
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José Manuel Restrepo, aseguró que “contribuirá a una mayor generación de empleo y fortalecerá los programas sociales para los colombianos más vulnerables”.
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Jueves, 21 de Octubre de 2021
Redacción Nacional

José Manuel Restrepo, ministro de Hacienda, declaró ayer que presentará los argumentos necesarios ante la Corte Constitucional para demostrar los beneficios que se alcanzarán tras la modificación de la Ley de Garantías en el Presupuesto General de la Nación (PGN) 2022.

“Esa Ley tiene más de 36 artículos, aquí lo único que se está haciendo con carácter temporal son unos convenios interadministrativos entre la Nación y los entes territoriales, con unos criterios que señala la ley en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública, con el cumplimiento de pliegos tipo para garantizar integridad en la contratación y también con el control y la vigilancia por parte de la Contraloría”, afirmó Restrepo.

Asimismo, añadió que cuentan con las justificaciones y soportes para decir que esta modificación favorece la ejecución del PGN, por lo que “no existe ningún desmonte ni derogatoria de la ley”.

También explicó el ministro que esperará a la decisión definitiva de la Corte Suprema, pues es el organismo encargado de hacer el análisis correspondiente frente a los contratos interadministrativos que se proponen en la ley.


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“En la medida en la cual solo estamos hablando de los contratos interadministrativos entre la Nación y el ente territorial y que ese ente tiene ese compromiso de transparencia de cumplir con los requerimientos, se permitirán garantizar los recursos”, concluyó.

La carta financiera para el próximo año plantea un aumento en la inversión de $11 billones con respecto a 2021, equivalente a 18,8%. Esto significa el presupuesto de inversión pública más alto de la historia en Colombia, precisó el ministro Restrepo.

“La aprobación del proyecto en su último debate es un logro más en el marco del reto de reactivación económica emprendido por el país y se constituye en un espaldarazo del legislativo para atender las necesidades de los más vulnerables”, indicó Restrepo.

El presupuesto total, con $350,4 billones, recibió el visto bueno en segundo y último debate por las plenarias del Senado y la Cámara de Representantes. Para gastos de funcionamiento contempla recursos por $209,1 billones, es decir, un aumento de 2,6% frente a 2021 y para el servicio de la deuda se apropiaron recursos por $71,7 billones.

Fines proselitistas: MOE

Por su parte, para la Misión de Observación Electoral (MOE) eliminar esta restricción abre la posibilidad a riesgos de corrupción administrativa, pues se podrían destinar recursos públicos con fines proselitistas en el marco de las elecciones. Cabe resaltar que los convenios interadministrativos son una modalidad de contratación que implica mayor discrecionalidad en la destinación de los recursos y menos controles por parte de las autoridades.

“Considerando que el clientelismo y la corrupción son de los principales problemas de las elecciones en Colombia, resulta totalmente inconveniente y peligroso para la democracia que se modifiquen las reglas de transparencia, pues los recursos pueden ser empleados para favorecer campañas”, manifestó Marlon Pabón, coordinador de Administración Pública y Transparencia de la MOE.

La justificación dada por el Gobierno nacional y los congresistas para realizar esta modificación es la necesidad de reactivar la economía del país, que se ha visto afectada por la pandemia. Sin embargo, este argumento no es claro, pues en la discusión no se demostraron las razones por las cuales la reactivación económica se puede lograr a través de la celebración de los convenios interadministrativos, especialmente cuando existen otras modalidades de contratación, menos riesgosas, que no se suspenden en el marco de las elecciones.

Por último, pero no menos importante, la Ley de Garantías es una ley estatutaria, debido a que trata temas de transparencia y equilibrio electoral. Por ello, independientemente de que estos no pueden ser modificados por una ley ordinaria, cualquier cambio debe pasar por una revisión de la Corte Constitucional. “Es indispensable que la modificación sea analizada por el alto tribunal previo a su vigencia, pues es necesario generar un control ante una medida como la adoptada, y a su vez garantizar que la actuación de los distintos poderes se dé en el marco de la Constitución”, afirmó Alejandra Barrios Cabrera, directora de la MOE.