Llegará el día en que todos los derechos ostentarán su rótulo de “fundamentales”, sin necesidad de que el poder legislativo se pronuncie, porque para eso tenemos a la omnipotente Corte Constitucional (CC), que los arrastra hacia allí, por “derecho propio”, por conexidad o por simple extensión del alambre jurídico. La salud ya lo tiene, en virtud de su Ley Estatutaria 1751 de 2015, aunque no lo requería, pues de hecho ya estaba protegida por vía de tutela, en conexidad con la vida. El Título II de la Constitución, que originalmente enunciaba tal tipo de derechos ya no aguanta uno más, pues a su potrero se van metiendo los de los animales, los de las plantas y, aunque no sean objeto de tutela individual, los de la paz, el medio ambiente y el de la tal “consulta previa”.
El art. 330 señala que la explotación de los recursos naturales en los territorios indígenas se hará sin desmedro de su integridad cultural, social y económica, pero la CC extendió el mecanismo de prevención frente a todo lo que se mueva o gravite en su entorno, incluyendo, obviamente, el ecosistema, y amplió el beneficio para las comunidades afrodescendientes, sentenciando que su derecho fundamental a preservar la integridad se garantiza con el ejercicio de su derecho a la participación en la adopción de las referidas decisiones.
Y todo por ser nuestro Estado pluralista, pluri-étnico y multicultural, dentro de una Constitución eminentemente garantista. No entiendo para qué más acuerdos, como el de Escazú, cuya aprobación acaba de impartir el Congreso, quedando pendiente la revisión de la omnipotente (CC) y la ratificación del omnisciente, omnipotente y nunca presente (Petro). El pacto, que concita a 33 países de Latinoamérica y el Caribe y que ya había firmado Iván Duque, tiene por objeto “garantizar el derecho de todas las personas a tener acceso a la información de manera oportuna y adecuada, a participar de manera significativa en las decisiones que afectan sus vidas y su entorno y a acceder a la justicia cuando estos derechos hayan sido vulnerados”.
El pacto, que entró en vigor el 22 de abril de 2021 apunta, obviamente, al control del medio ambiente por parte de las comunidades y a la protección de los ambientalistas, como si para protegerlos a ambos se necesitara de un nuevo tratado; y tiene una particularidad: define por “público” (sujeto activo) a una o varias personas físicas o jurídicas y las asociaciones, organizaciones o grupos
por ellas constituidos…es decir, allí cabe cualquier perico de los palotes, nacional o extranjero, cualquier ONG, que quieran meterle palos a la rueda del desarrollo de Colombia con lo cual, como se ha advertido, nuestro país pierde soberanía sobre su propio territorio, pues quedamos a merced de cualquier “público” (por respetable que sea) al que le dé por interferir o por exigir su derecho fundamental a la consulta previa, léase mecanismo de presión y/o como papayazo para “ejercer la corrupción”, porque para ello tales comunidades sí se tienen confianza…
Post-it. En medio de las candentes discusiones por Escazú, un congresista del CD compartió un video en el que se aprecian algunas veladoras, muñecos de frailejones y mochilas ocultas en el Salón Elíptico del Congreso. Pónganle la firma: ¡Belcebú, presente!