“Fast track” y bicameralismo | El Nuevo Siglo
Viernes, 23 de Diciembre de 2016

El año que termina fue pródigo en acontecimientos como la firma del Acuerdo de Paz, la realización del plebiscito y el pronunciamiento de la Corte Constitucional sobre algunos de los artículos demandados del acto legislativo para la paz que se ocupan del “fast track” y de las facultades extraordinarias conferidas al Presidente de la Republica, sobre lo cual sólo se conoce el comunicado de prensa en el que se anuncia el sentido del fallo.

En casos como éste, por tratarse de una decisión de interés nacional que determina la utilización del procedimiento abreviado, podría hacerse un esfuerzo adicional por agilizar la divulgación de la Sentencia para que haya claridad sobre su alcance en puntos como la refrendación popular y el de la entrada en vigencia del Acto Legislativo  01 de 2016.

En el desarrollo del debate de las Comisiones Primeras Conjuntas de Senado y Cámara sobre la ley de indulto y amnistía se sentía la falta de una mayor orientación sobre la aplicación del mecanismo del “fast track” y su ensamblaje con la ley de reglamento del Congreso.

La utilización de este instrumento está reviviendo el debate sobre la utilidad del bicameralismo en un régimen presidencial como el que nos rige, que va más allá del carácter regional de una de las cámaras y del nacional de la otra. Su justificación descansa en que una puede controlar a la otra en la tarea de corregir los excesos o defectos en el trámite de los asuntos sometidos a su consideración.

Por ello, en forma desprevenida, algunos espontáneos se preguntan si los temas que habrá de implementar el Congreso en desarrollo del Acuerdo de Paz, que marcará la agenda pública de los próximos años, se pueden tramitar mediante el procedimiento excepcional del “fast track” y si se debe evaluar la conveniencia o no de mantener la estructura bicameral del Congreso de la República.

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En el 2016 hubo dos hechos que tocaron las fibras más íntimas del país. Uno de ellos fue el acto promovido por el equipo Nacional y las autoridades de Antioquia en homenaje a la memoria de los jóvenes integrantes del Chapecoense que absurdamente perdieron la vida en el accidente aéreo que los traía, llenos de ilusión, a disputar la final de la Copa Suramericana.

Los actos de solidaridad tuvieron un carácter sublime que no registra muchos antecedentes en la vida del país; exalta el espíritu y generosidad de la noble raza antioqueña y, por su conducto, el tributo de la Nación entera a los jóvenes futbolistas sacrificados.

Y el segundo fue el terrible asesinato la niña Yuliana Samboni que tiene horrorizado al país y ha afectado sensiblemente la navidad de muchos niños. Este capítulo doloroso de la historia de los horrores colombianos no sólo constituye un reto mayor para esclarecer por parte de las autoridades judiciales, sino que obliga a reflexionar sobre las causas de esta modalidad de delincuencia que es urgente enfrentar con mecanismos más eficaces de política criminal.

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Una feliz navidad a quienes me hacen el honor de leer esta columna.