FERNANDO NAVAS TALERO | El Nuevo Siglo
Miércoles, 8 de Agosto de 2012

Voto en conciencia

 

La libertad de sufragio debe estar rodeada de garantías suficientes para que el elector cuente con la seguridad de que su voto no podrá ser utilizado para deducírsele responsabilidades. Históricamente, las constituciones que han regido la Republica, desde sus inicios, han contemplado que “Los senadores y representantes son irresponsables por los votos y por la opiniones que emitan” (Art. 45  CP 1863). En el mismo sentido se legisló en la Carta de 1843, Constitución de corte conservador: “Los senadores y representantes no son responsables, en ningún tiempo ni ante autoridad alguna”.

 

 La razón por la que se quiere proteger el voto de los parlamentarios no es otra distinta que la de impedir que los medios de acción de hecho, que usualmente influyen en la independencia y autonomía de los órganos, incidan para manipular y desnaturalizar la decisión de los representantes del pueblo.

De ahí que resulta inconveniente, por decir lo menos, que se pretenda establecer que los congresistas al votar  deben hacerlo públicamente, pues con esta exigencia no serán pocos los parlamentarios que se verán cohibidos de expresar en conciencia lo que su personal arbitrio les demanda, según los compromisos que con sus principios políticos tienen.

 Por supuesto que, advirtiendo el descrédito en que han caído los miembros del Congreso, son muchos los partidarios de que la propuesta se acoja sin mayores análisis, no obstante es prudente que se reflexione acerca de la gravedad que para la democracia significaría esta apresurada innovación.

Hay que admitir que, no solamente en el Congreso, la condición humana prohíja personalidades frágiles, convenientes y que no son particularmente comunes los hombres de carácter, dispuestos a oponerse a las presiones y mucho menos las que se ejercen a través de los medios de comunicación, de manera que cuando los asuntos públicos se cargan de influencias enderezadas a presionar el voto de los senadores y representantes, no es difícil manipular el resultado del ejercicio de su soberanía.

Claro que hay razones de peso para justificar la iniciativa, entre otras, exigir responsabilidad a los parlamentarios frente a sus electores, no obstante es preferible el anonimato antes que invadir la intimidad del congresista y exponerla al poder de los grupos de presión.

Disciplinar a los partidos y movimientos políticos es posible  mediante otra clase de acciones, para eso se han organizado reglas de disciplina como, por ejemplo, la ley de bancadas, normas que previenen y castigan el transfuguismo.

 

 Las clientelas patrocinadas por el Ejecutivo o por el Judicial se fincan, precisamente, en los compromisos que con el voto se pagan. Quienes piensan que el voto público asegura la transparencia es posible que se equivoquen. Lo ideal seria que todas las votaciones fueran secretas y que cada quien gozara de la suficiente independencia y autonomía para decidir. Repensar el artículo 132 convendría para asegurar realmente la separación de competencias de las ramas del Poder Público y corregir vicios de antaño.