HUGO QUINTERO BERNATE | El Nuevo Siglo
Martes, 9 de Octubre de 2012

Los otros acosos

 

Una de las más grandes conquistas de cualquier democracia es la de la carrera administrativa. El definido propósito de que los empleados accedan a casi todas las escalas del servicio público por concurso y sin injerencias político-partidistas, teóricamente solo debería tener ventajas para la transparencia, la imparcialidad y la eficiencia de las tareas estatales.

El método no solo es supuestamente justo, sino moralmente sano, porque es la mejor forma de combatir uno de los peores vicios del sistema estatal de empleo: el de la clientelización de sectores del poder como cotos de caza de cada “cacique” político.

Uno de los sistemas de carrera que más luchas costaron -y sigue costando- en el país fue el de la Rama Judicial, pues su establecimiento debió romper tradiciones profundamente arraigadas en la administración de justicia. Las famosas líneas que se establecían desde lo más alto de la pirámide judicial hasta el más humilde de los cargos de un juzgado municipal, fueron durante mucho tiempo prácticas aceptadas y defendidas hasta por los más eminentes juristas.

Finalmente y gracias a esfuerzos que partieron desde la propia Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado, pudo establecerse en Colombia una carrera judicial sería y relativamente bien estructurada.

Pero con lo que nadie contaba y menos los jueces que gastaron tanta energía en ello, es que en muchos de los casos la estabilidad laboral de Carrera Judicial se convierte en verdadera inmovilidad del  trabajador, que asegurado en propiedad y consciente de la virtual imposibilidad de su remoción, pierde cualquier motivación distinta de la salarial.

En un Juzgado, donde todos los asuntos que se manejan son delicados y todos los empleados deberían ser de confianza del Juez, a causa de la carrera judicial ello no es posible, pues cada cargo se provee de una lista de elegibles, en la mayor de las veces absolutamente desconocidos del Juez.

Nadie se imagina el viacrucis que significa para un Juez -y peor para jefes administrativos- calificar insatisfactoriamente a algún subalterno o simplemente reclamarle eficiencia. Automáticamente se gana un enemigo dentro de su pequeño despacho y es uno frente al cual está en total situación de vulnerabilidad. Un documento mal foliado, refundido o simplemente no informado por “descuido” es suficiente para “empapelarlo”. O mínimo se convierte en un espía hostil pendiente del mínimo error para denunciarlo.

La Ley 1010 de 2006 que definió y estableció el acoso laboral, no consideró que dentro de los “otros hostigamientos” en el marco de las relaciones de trabajo en el servicio público podían presentarse algunos en vía contraría, es decir, de un subalterno hacía el jefe, mediante actos de rebeldía, altanería o franco irrespeto, amparados en normas de carrera que en Colombia están diseñadas para que sea muy fácil acceder al servicio público y muy difícil salir del mismo, ya  sea por ineficientes e incluso por deshonestos.

Las reglas que gobiernan las relaciones entre los trabajadores escalafonados en la carrera administrativa o en la judicial son tan paternalistas, que es más fácil lograr que el vicepresidente Garzón se deje examinar en público de Roy  Barreras que desvincular un trabajador en carrera.

@Quinternatte