HUGO QUINTERO BERNATE | El Nuevo Siglo
Martes, 31 de Enero de 2012

Fiscalidad e independencia

La Contralora General de la República anunció el inicio de una indagación fiscal en contra de magistrados de la Sala Jurisdiccional Disciplinaría del Consejo Superior de la Judicatura porque, supuestamente, ocasionaron detrimento patrimonial al Estado. Aunque la investigación ha sido recibida con alborozo por los medios de comunicación, su trascendencia frente a la independencia judicial merece un análisis más allá de la mala prensa o de la evidente impopularidad que la Disciplinaria tiene dentro de la propia Rama Judicial.

La razón que aparentemente motiva la apertura de la investigación es el nombramiento como magistrados auxiliares en esa Sala de personas que han durado muy poco tiempo en el desempeño de ese cargo.

El cargo de Magistrado Auxiliar es de libre nombramiento y remoción y sus requisitos están claramente contemplados en la ley. Así es que del mero hecho del nombramiento no puede deducirse ilegalidad alguna. La nominación de personas con alguna edad o con extensa trayectoria dentro de la Rama es perfectamente legal, de modo que tampoco por esa razón hay lugar a responsabilidad. Y menos aún existe regla alguna que imponga un término fijo para el cargo. El período de 8 años es del Magistrado titular, no del Auxiliar.

Pero lo que les molesta a la Contralora, al periodismo y a unos oportunistas, no es ninguna de esas razones, sino que algunos de esos magistrados auxiliares han elevado el monto de la liquidación de su pensión conforme al salario más alto del último mes. Eso es objetivamente cierto, pero no comporta ninguna ilegalidad, pues precisamente es la ley laboral y la jurisprudencia constitucional las que autorizan esa situación.

Si la actuación es ajustada a la ley, entonces la reprobación constituye un juicio moral, porque a la Contralora y a los medios les parece inaceptable que un viejo Juez termine sus días pensionado dignamente por haber tenido la suerte de ser nombrado temporalmente en un cargo alto para el que reunía los requisitos de ley.

No me parece que ese hecho en sí mismo sea inmoral, pero aun siéndolo, no es contrario a la moral pública que en todo caso se expresa en la ley. Y ahí justamente es donde radica el peligro que la posición de la Contralora entraña para la independencia judicial. ¿Cómo así que puede deducir posibles detrimentos patrimoniales del mero hecho de que un Juez se pensione en condiciones económicas dignas y ajustadas a la legalidad? Muy uribista eso de equiparar pensionado a ladrón.

Con tan peligrosa tesis, la independencia judicial queda en vilo, porque todo Juez o Magistrado que designe una persona mayor o relativamente recorrida, puede ser perseguido fiscalmente. ¿Responderían, por ejemplo, las corporaciones que han elegido magistrados de alta Corte a personas en edad cercana a la del retiro forzoso? De ahí a controlar, por la vía fiscal, el contenido económico de los fallos judiciales, no hay sino un paso.

Como siga así la Contraloría, va a terminar cobrándoles a los votantes de los hermanos Moreno el detrimento patrimonial que produjeron en el ejercicio de sus cargos.

@quinternatte