Juan Felipe Reyes | El Nuevo Siglo
Miércoles, 27 de Mayo de 2015

ESTRIBOR

Normas aeronáuticas

A  principios de este año se incorporó a los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia el RAC 200 sobre “Facilitación del Transporte Aéreo”. Las normas contenidas allí buscan facilitar, ajustar y estandarizar los procesos relativos al transporte aéreo a nivel global, en correspondencia con las normas y métodos internacionales recomendados por la OACI, contenidos en el Anexo 9 al Convenio Sobre Aviación Civil Internacional. Es decir, Colombia acogió dicha recomendación y ya son parte de nuestra normatividad aeronáutica.

Uno de los temas importantes que contienen dichas normas son los relacionados con los “pasajeros insubordinados, perturbadores o indisciplinados”. Pero, ¿quiénes son ellos? Son esos patanes que llegan al aeropuerto ya sea en estado de ira, ebriedad o con ínfulas de superioridad a tratar mal a diestra y siniestra a cualquiera que se les atraviese, incluidos, por supuesto, a los pilotos que los van a llevar.

Y aunque este tema debería ser también un aspecto contemplado en el proyecto de Código de Policía, tanto el Anexo 9 como el RAC 200  se ocuparon del tema y, en general, buscan generar conciencia en los pasajeros sobre las consecuencias jurídicas del mal comportamiento en las instalaciones del aeropuerto y a bordo de las aeronaves y de que tal comportamiento es inaceptable.

La recomendación internacional solamente sugiere que cada Estado implemente la regulación, tal y como Colombia lo hizo, y ayude a crear conciencia en los pasajeros. Pero, son todos los actores involucrados en el aeropuerto, aerolíneas, Policía, Fiscalía operadores de los aeropuertos Aerocivil etcétera los que tiene la misión de difundir esto con los pasajeros y de trabajar en forma coordinada.  Pues si no lo hacen así esto queda en intenciones y en el papel.

Es una norma muy importante ya que desde siempre ha habido pasajeros que no controlan su genio y en últimas pueden resultar afectando la seguridad del vuelo. Incluso mucho antes del primer convenio que reguló el tema de las infracciones y ciertos actos cometidos a bordo de las aeronaves -Convenio de Tokio de 1963  y Montreal de 1971- ya existía el problema.

Como dicen, mejor tarde que nunca, pero en verdad ojalá que este tema tenga un desarrollo profundo y real, y se cumpla la recomendación de la OACI de generar conciencia en el pasajero sobre las consecuencias negativas de no comportarse bien tanto en el aeropuerto como a bordo de la aeronave.

@ReyesJuanfelipe