Justicia prospectiva de la JEP | El Nuevo Siglo
Martes, 26 de Septiembre de 2017

Desde el inicio de las negociaciones entre el Gobierno Santos y las Farc, la palabra paz ha sido la excusa para justificar casi cualquier cosa. Desde homenajes al “Mono Jojoy”, pasando por la participación política con representación asegurada en el Congreso a responsables de crímenes internacionales, hasta la construcción de una justicia paralela hecha a la medida de los propios criminales.

Esta semana iniciará la discusión de la ley estatutaria que reglamentará la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) en el Congreso de la República; y dentro de los muchos aspectos que preocupan del proyecto, llama la atención el nuevo concepto de justicia que quieren imponer, justicia prospectiva. Según el artículo 4 del texto será un principio rector de la JEP y un paradigma orientador de toda la ley estatutaria.

¿Pero qué es la justicia prospectiva? El vocablo prospectivo como adjetivo, hace referencia al análisis y/o estudios que se hacen sobre el futuro. El artículo 4 hace referencia a los efectos que tienen en las generaciones futuras, las decisiones adoptadas por las generaciones actuales, y por eso en virtud de esta justicia prospectiva, se reconoce el derecho de las generaciones futuras a una tierra conservada, a la preservación de la especie humana, el derecho a conocer sus orígenes y su identidad, el derecho a conocer la verdad sobre hechos acontecidos antes de su nacimiento y el derecho a la preservación de la libertad de opción.

Lo anterior frente a una lectura desatenta, no sólo parece un fin loable, sino que hasta podría hacer parte del preámbulo de una constitución o un acuerdo internacional, pero ¿cuál es la razón, para que este concepto –y los derechos que reconoce- sean un principio que oriente el marco legal bajo el cual, se investigará, acusará y “juzgará” a los máximos responsables de los delitos más graves?

Pretenden hacer con la justicia lo mismo que hicieron con la paz, manipulando y distorsionando el concepto de justicia, y en consecuencia, renunciar a la imposición de sanciones penales efectivas, por considerarse, a la luz de este nuevo concepto, un impedimento para alcanzar la paz y para garantizar el derecho de las nuevas generaciones a la paz.

Bajo el argumento del sacrificio de generaciones actuales, para el beneficio de generaciones futuras, también se gestó la dictadura del proletariado en la Unión Soviética, justificándola como un medio necesario para alcanzar la libertad. En virtud de la tan anhelada libertad, millones de hombres sufrieron esa tiranía y se les consolaba diciendo que sus dolores, serían el pedestal sobre el que habría de erigirse la inmarcesible libertad de la generación futura.

Esperamos entonces que, esta justicia prospectiva que regirá la JEP, en la que se nos piden sacrificios axiológicos en procura de la paz para las generaciones futuras, no suponga la muerte de la nuestra. No podemos permitir que se cometan injusticias en nombre de la justicia, la justicia no constituye un impedimento para alcanzar la paz. Por el contrario, la JEP, al obstruir la justicia debe ser desmontada en aras de la paz.

@SamuelHoyosM