MONSEÑOR LIBARDO RAMÍREZ GÓMEZ* | El Nuevo Siglo
Domingo, 28 de Octubre de 2012

En el banquillo de la eutanasia

 

Sigue sobre el tapete,  o en el “banquillo” como escribe el Padre Llano (El Tiempo 21-10-12), el tema de la ”eutanasia”, con las más variadas opiniones. Muy centrada la mencionada columna del prestante jesuita, al lado de la cual están los firmes defensores de la vida como “don de Dios”, dado al ser humano “en  usufructo”, y que sigue “bajo el señorío”, de Él, sin que esté en poder del hombre destruirlo. En contraposición están los que con fanatismo quieren sacar de la discusión toda consideración que tenga cualquier tinte religioso atreviéndose a decir que en esos postulados no hay defensa sino “desconocimiento de la dignidad humana”. Buscan éstos abrir las puertas al mas crudo y directo atentando contra la vida, dándole al hombre poder ilimite sobre ella, y, prácticamente, colocándonos a todos en “banquillo” de una mal interpretada eutanasia.

Hay qué tener en cuenta que desde 1997 existe la C. 239 de la Corte Constitucional que mantiene como “conducta punitiva” el llamado “homicidio por piedad”, pero despenaliza su realización si se hace en condiciones especiales, con voluntad explícita del paciente acosado por extremados e intolerables dolores, y sin esperanza alguna de recuperación. Como parte de esa decisión ha quedado pendiente su reglamentación por el Congreso.

Sobre la propia eutanasia” es preciso decir que si  lo que se busca es una “buena muerte”, nadie más que el creyente la disfruta así con un ofrecimiento de ella, con valor, al mismo Dios, sin claudicante desesperación, algo que suaviza inmensamente las penas. Realmente, en esa actitud del creyente, hay una “muerte digna”, en manos de la voluntad de un Dios, que permite el dolor no por crueldad, sino como purificación y expiación, con la serenidad y alegría de una Omaira en Armero, y de un Juan Pablo II que en medio de penosa enfermedad esperaba la muerte “consciente y sereno”.

Téngase en claro que a la luz de aquellos postulados no hay obligación de prolongar artificialmente la vida. Suspender ayudas para alargarla cuando no hay esperanza alguna de recuperación, no es matar sino dejar el natural paso a la muerte. Pero, hacer algo que corte directamente el hilo de la vida, aún en medio de agudos dolores, eso sí es, ciertamente, indebido homicidio. Se acepta que la ley debe respetar el pensamiento y conciencia de creyentes y no creyentes, pero debe ser elemento que ayude a las sociedades a tomar rutas generales de bien, sin satanizar cuanto ofrezca la fe religiosa que solo busca el bien general, con base en algo que tiene sus raíces en la naturaleza del ser humano, consignado en sabias  normas que han superado costumbres y criterios nocivos de atrasadas civilizaciones. Todo lo que abra paso a una “eutanasia activa” es retroceso en cuanto como irrespeto a la vida, y es dar muerte al precepto de “No matarás”, tan indispensable a la comunidad humana.

El estar en Colombia en un “Estado Social de Derecho”, según la Constitución, implica el respeto al pensamiento de las minorías pero también de las mayorías, y, éstas por amor y no por indolencia ante el dolor, por experimentado beneficio para  la sociedad humana, dan este bello testimonio de aprecio por la vida,  defendiendo este primordial derecho con esfuerzos por mejores condiciones para todos los humanos. Proclaman estas mayorías el derecho a una vida y a muerte dignas, en la paz y la alegría que da su aceptación, sin actitud de desespero, como culminación de un deber cumplido hasta un valiente final. No dejar escape a artificiosas permisiones de una eutanasia activa, con autorizaciones conseguidas fraudulosamente, o con intereses económicos de familiares o del Estado, es algo que deben cuidar los legisladores.

monlibardoramirez@hotmail.com

*Presidente del Tribunal Ecco. Nacional