Grupos de ciudadanos de Bogotá, Medellín y de 56 regiones más, en ejercicio de los derechos que les confiere la Constitución Nacional en su artículo 40 para el control del poder político, iniciaron los procedimientos tendientes a la revocatoria del mandato de varios de los alcaldes elegidos para las diferentes ciudades. De conformidad con el artículo 103 de la misma Constitución, dieron comienzo al procedimiento respectivo, e incluso ya se realizaron algunas audiencias en ciudades como Bogotá y Medellín.
La Registraduría Nacional del Estado Civil, suspendió el trámite de las revocatorias ante la situación sanitaria por la que atraviesa el país, con ocasión de la pandemia por la covid-19, y señaló como propósito, el de salvaguardar la salud de los colombianos. Además, le solicitó al Ministerio de Salud y Protección Social su concepto sobre la viabilidad de entrega de los formularios y recolección de firmas.
También el Gobierno se ha manifestado en el mismo sentido señalando que: “…este no es el momento de revocatorias ni de pugnas políticas, ya que el país requiere enfrentar unido la pandemia del coronavirus”, en voz del Presidente de la República. Las razones pueden ser loables y los acompañan en la medida que, además, de la situación de riesgo de contacto popular que propague la pandemia, con ocasión de la recolección de firmas y luego la realización de los sufragios electorales, se suma el costo de cerca de $200.000 millones que requerirá atender dichos procesos de revocatorias, en actividades como: revisión de firmas, conformación del censo, organización de las votaciones, escrutinios, etc. “El palo no está para cucharas” y se comprometerían importantes recursos que requiere el sistema de salud y la atención de la pandemia.
Sin embargo, viene nuevamente la reflexión de hasta donde, so pretexto de la pandemia, se pueden suspender por las autoridades los derechos de los ciudadanos consagrados en la Constitución. Es bien cierto que la Constitución no se concibió para épocas de pandemia; pero los derechos ciudadanos lejos de poder suspenderse por autoridades gubernativas, deben ser protegidos por ellas; también, es cierto que las autoridades, con la excusa de proteger la salud de los asociados, no pueden suspender el ejercicio de sus derechos. Lo que debe hacerse es reglamentar el ejercicio de los derechos ciudadanos para que no corran riesgos; establecer los protocolos del caso y exigir su cumplimiento; pero de allí, a suspender la democracia no es posible, máxime frente a una población que no está confinada.
Aplazar el trámite de las revocatorias cuyos trámites se dieron inicio, no tiene ningún sentido, pues a los gobernantes locales, ya les está corriendo el término de sus periodos y el tiempo corre a su favor y en contra de los ciudadanos que ejercitan su derecho a un control del poder político. A lo mejor son fines políticos los que motivan las revocatorias; empero, impedir que los ciudadanos ejerzan sus derechos constitucionales equivale a poner la democracia en cuarentena.