RAFAEL NIETO NAVIA | El Nuevo Siglo
Martes, 21 de Mayo de 2013

No atortolarse

 

Arturo  Abella, un viejo columnista de este diario, solía usar esta expresión para referirse a la actitud ante aquellas circunstancias que parecen graves y en realidad no lo son.

El agente de Nicaragua ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) dijo hace poco que Nicaragua estudia presentar una nueva demanda contra Colombia ante la CIJ por lo que se llama plataforma continental extendida. Si así lo dice es porque la demanda está lista. Según la Convención de Jamaica de 1982, en ciertos casos los Estados pueden solicitar que su plataforma se extienda 150 millas náuticas más allá de las 200 que fija la Convención.

Nicaragua ya hizo ese ejercicio en su demanda contra Colombia y la CIJ le dijo que se había desmontado en un peladero porque quien define eso es la Comisión de Límites de Plataforma Continental de Naciones Unidas, un organismo originario de la Convención de Jamaica de la cual Colombia no es parte y cuyas decisiones no la obligan. Para la CIJ el tema es cosa juzgada.

Si Nicaragua pretende presentar una nueva demanda  -porque no parece que esa solicitud quepa dentro de los recursos de interpretación y revisión de la sentencia ya emitida- se va a tropezar con que Colombia denunció el Pacto de Bogotá, que sería su fuente de competencia. Yo sé, por supuesto, que el Pacto dice que “podrá ser denunciado mediante aviso anticipado de un año, transcurrido el cual cesará en sus efectos para el denunciante”. Pero también dice que “La denuncia no tendrá efecto alguno sobre los procedimientos pendientes iniciados antes de transmitido el aviso respectivo”. Como no existen travaux préparatoires que permitan ayudar en la interpretación de los efectos de la denuncia, ni existe jurisprudencia ya que la otra única denuncia, la de El Salvador, no generó controversia, no hay más remedio que “crear” una interpretación que no puede ser otra que la de a contrario sensu y la del efecto útil. Y esa es que “la denuncia tendrá efecto sobre todos los procedimientos iniciados después de transmitido el aviso respectivo”. Es decir, ante una eventual demanda ante la CIJ, Colombia tiene que adoptar la actitud respetable y digna que -a pesar de las recomendaciones de Germán Cavelier y Alberto Lozano- no adoptó  en la demanda anterior, de simplemente notificarle a la CIJ que no es competente para decidirla y que no concurrirá ante ella.

De manera que la Comisión de Plataforma no tiene jurisdicción sobre Colombia, hay cosa juzgada y, además, la CIJ no sería competente.

Así que no atortolarse. Aunque con esta Corte nunca se sabe…

 

***

Coda uno. Senadores del Polo quieren que le quiten el campo petrolero Rubiales a Pacific y se lo den a Ecopetrol. Es decir, quieren que nos parezcamos a Venezuela, sin papel higiénico en las tiendas, y a Ecuador, sin libertad de prensa.

Coda dos. Para el Tribunal Superior de Bogotá Andrés Felipe Arias es un peligro social. Pero que los terroristas de las Farc lleguen al Congreso. ¡Qué paradoja!