RAFAEL NIETO NAVIA | El Nuevo Siglo
Martes, 14 de Agosto de 2012

Rectificación

 

El 1 de noviembre de 2011 publiqué en este diario una columna titulada “Mapiripán” (http://www.elnuevosiglo.com.co/articulos/11-2011-rafael-nieto-navia.html) que no le gustó a la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ) que entabló una tutela contra este columnista, la cual fue resuelta en primera instancia en un fallo serio y ponderado en mi favor. La CCJ apeló y una sala de decisión del Tribunal Superior de Bogotá - Sala Penal, ha dictado una providencia firmada por los magistrados Max Alejandro Flórez Rodríguez y Juan Carlos Garrido Barrientos, en la que me ordena rectificar, providencia que acato pero no comparto.

Para darle cumplimiento, rectifico mi columna mediante transcripción literal de lo que se me ordena: “que en el término de dos días contados a partir de la notificación del presente fallo, (yo) rectifique las aseveraciones que hi(ce) en la columna del 1 de noviembre de 2011 publicada en el diario El Nuevo Siglo, en el sentido de que en el caso Caballero y Santana no se ‘inventó’ como víctima a MARÍA DEL CARMEN SANTANA, que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos no es ‘instrumento de las ONG’, ni que actúa en connivencia con la Comisión Colombiana de Juristas para cometer fraudes procesales con el fin de inducir en error a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ni que en la afirmación de que ‘las ONG (…) han montado el negocio de que se condene al Estado para sacar tajada que puede llegar el 50% de las indemnizaciones decretadas a favor de las reales o ‘falsas victimas’ (me referí) a la Comisión Colombiana de Juristas”.

Dejo, en esta forma, cumplida la orden de la sala de decisión.

Para beneficio de mis lectores, les informo que en respuesta a la solicitud inicial de la CCJ, le ofrecí rectificar mi escrito en los siguientes términos: “Estoy dispuesto a decir en mi columna que en el Caso Caballero Delgado y Santana, en el que la Comisión que usted dirige actuó aunque yo no lo mencioné en mi columna, según usted me informa el Estado terminó pagando en 2000 las reparaciones ordenadas en 1997, tiempo que se tardó en identificar a la señora Santana, sobre cuya identidad dice la Corte: “Por lo tanto, en cuanto a la indemnización por daños materiales causados por la muerte de María del Carmen Santana, de quien la propia Comisión dijo en la demanda que ‘posee muy poca información’ y teniendo en consideración que no se ha presentado prueba alguna sobre su identidad real, edad y filiación que permita determinar el monto de tales daños, ni sobre sus eventuales beneficiarios, este Tribunal se encuentra impedido de ordenar el pago de indemnización por ese concepto. En estas circunstancias especiales, la cuestión de la identidad de la víctima debe ser resuelta en el marco del derecho interno (…). (Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Caballero Delgado y Santana, Sentencia sobre Reparaciones, para. 45).

 

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Coda uno: La libertad de expresión es también un derecho fundamental.

Coda dos: Hace nueve meses surgió el escándalo de las “falsas víctimas” de Mapiripán. Que yo sepa no hay pronunciamientos de la Fiscalía, la Contraloría, la Cancillería o la Corte Interamericana y ya nadie habla de eso.