Hablando de la virtud de la imparcialidad, que debe imperar en el servicio público, en la administración de justicia y en los medios de información, vale la pena recordar algunos elementos en relación con estos últimos.
Como lo recordábamos en intervención radial, la Constitución garantiza a todas las personas -como un derecho fundamental- el derecho a la información, el cual, según reiterada jurisprudencia de la Corte Constitucional, es “de doble vía”, en cuanto, bajo un principio de libertad, se tiene tanto derecho a buscar y a divulgar informaciones como a recibirlas. La Carta califica de manera expresa la información que se suministra y se recibe: debe ser veraz e imparcial. Si no lo es; si es una información manipulada, sesgada, arreglada o editada, de manera que produzca ciertos efectos, la exigencia constitucional es quebrantada y los derechos de la audiencia son vulnerados. Y ello comporta una responsabilidad social, como lo subraya el mismo precepto superior.
Obviamente, desde el punto de vista de la actividad del Estado, el derecho a la información así como la libre expresión del pensamiento y los conceptos, exigen que se preserve la libertad. De allí la prohibición total de la censura, consagrada en el mismo precepto, y la garantía otorgada constitucionalmente a los particulares para fundar medios de comunicación y para ejercer su papel como una función social. Ello implica, por contrapartida, responsabilidad social.
La información, pues, tiene que ser veraz e imparcial. Veraz, es decir, conforme a la verdad, que, según el Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua, significa “conformidad de las cosas con el concepto que de ellas forma la mente”. En esta materia, la conformidad debe ser establecida entre lo que se informa y la realidad de los hechos informados.
Imparcialidad significa que, en las informaciones estará ausente lo que el mismo Diccionario presenta como “designio anticipado o prevención en favor o en contra de personas o cosas”, lo que a su vez “permite juzgar o proceder con rectitud”. Así, el medio o el periodista que informa no tiene por qué inclinar la información en un sentido favorable o desfavorable a una cierta persona o entidad, ni a una determinada corriente política, ni le corresponde tomar partido respecto a los hechos a que se refieren las informaciones, y menos acomodar los datos que suministra para ocultar o tergiversar algo. Simplemente, debe informar, enterar, entregar la noticia desnuda y pura; los acontecimientos deben transmitirse al público en forma completa y tal como se produjeron, sin alterarlos ni desfigurarlos, y sin inducir, por fuera de ellos, la opinión de quienes reciben la información.
Es lo propio de la ética profesional del periodista y de la credibilidad de los medios de comunicación. Su papel consiste en registrar lo que pasa, de modo fidedigno y auténtico.
Lástima que, de un tiempo para acá, la polarización en que se encuentra el país haya afectado a varios medios -no todos afortunadamente-, cuya imparcialidad se ha perdido. Algunos de ellos, en vez de suministrar información veraz e imparcial, desinforman, intercalando en la noticia sus propias opiniones, inclinaciones u objetivos, y dando lugar a confusión. Exactamente lo contrario de su función social.