“Las causas perdidas son las únicas que merece la pena defender, porque las demás se defienden solas”, Alejandro Llano. Cito al filósofo español, porque, a veces, defender o explicar un derecho fundamental, como lo es la libertad religiosa, genera críticas, más, en este momento cuando se quiere que las personas vuelen sin ver a Dios, en el aeropuerto El Dorado.
Colombia ha sido y continúa siendo un país mayoritariamente católico, en el cual, la influencia social y cultural del catolicismo se manifiesta en aspectos tan diversos como el patrimonio cultural y artístico; las ceremonias (civiles y militares) en las que la sociedad, de algún modo se ve representada, lo mismo que el respeto de los días festivos de descanso necesario, asegurado como fundamental para los trabajadores, como se dispuso, por ejemplo en la Sentencia C-568 de 1993, que aceptó la adopción de algunas festividades católicas, incluidas en la Ley 51 de 1983.
La descalificación a priori, generalmente significa que no se quiere razonar sobre el valor histórico de la religión católica en el ordenamiento colombiano, pues en contraste con otras tradiciones religiosas, como lo expresó Benedicto XVI ante el Bundestag en Berlín el 22 de septiembre de 2011, la Iglesia Católica “nunca ha impuesto al Estado o a la sociedad un derecho revelado, un ordenamiento jurídico derivado de una revelación. En vez de eso, ha remitido a la naturaleza y a la razón como verdaderas fuentes del derecho, ha remitido a la armonía entre razón objetiva y subjetiva, una armonía que presupone que ambas están fundadas en la Razón creadora de Dios”.
Desde 1810, basada en unos preceptos fundamentales, la Junta del Socorro, representando al pueblo que la estableció, fijó catorce cánones como bases fundamentales de su Constitución, empleando además por vez primera esta expresión, “constitución”, en la actual Colombia. De dichos catorce preceptos, el primero fue:
“La Religión cristiana que, uniendo a los hombres por la caridad, los hace dichosos sobre la tierra, y los consuela con la esperanza de una eterna felicidad”.
Ese precepto, fundacional del Estado colombiano, hoy aconfesional, más no laico, me lleva a mencionar este precepto: “se insiste, hay cuestiones sagradas en democracia” (Título dado al Salvamento de Voto de la H. Magistrada María Victoria Calle Correa como homenaje al Magistrado Ciro Angarita Barón, sentencia C-817 de 2011).
Sin embargo, el filósofo envigadeño Fernando González, el de “Otraparte”, expresaba, hoy con razón: “Los gobernantes civiles tendrán un mismo plan: hacer desaparecer todo principio religioso, para dar lugar al materialismo, al ateísmo, al espiritismo y a toda clase de vicios”.
Para Tomás de Aquino, son tres las buenas formas de gobierno monarquía, aristocracia y democracia. Y tres formas corruptas de poder: tiranía, oligarquía y demagogia. Parece que el balance de unas y otras lleva a tomar decisiones poco equitativas que se quieren ver como aplicación de igualdad. Por eso, el deseable equilibrio entre las entidades religiosas frente al Estado depende de la prudencia, para no caer, “en el igualitarismo injusto, o también en la injusta discriminación”, como lo dice el doctrinante Vicente Prieto.