ESTADOS UNIDOS es el principal país de inversión extranjera. Hasta el tercer trimestre del 2024, según datos de la balanza de pagos del Banco de la República, el capital extranjero desde ese mercado en Colombia ascendía a US $4.163 millones, cerca del 42% del total.
También es el principal socio comercial de Colombia. Representa el 29% de las exportaciones totales del país al mundo y el 31,6% de las de bienes no minero energéticos. Y participa con cerca del 26% de las importaciones de bienes totales.
Bajo esas cifras, a partir del lunes cuando Donald Trump llegue de nuevo a la Casa Blanca la expectativa en el campo económico es grande y tendrá grandes interrogantes que ya empezaron a vislumbrarse con la nota interpretativa del capítulo 10 del Tratado de Libre Comercio (TLC) que causó reacciones encontradas en diferentes sectores.
Vale recordar que los gobiernos de Colombia y de EE. UU. firmaron esta nota interpretativa del capítulo 10 del TLC, vigente desde el 2012, que aclaró aspectos relacionados con disputas entre inversionistas y el Estado.
Esta decisión fue formalizada durante una reunión entre el ministro de Comercio, Luis Carlos Reyes, y la representante comercial de EE. UU., Katherine Tai, reafirmando el compromiso de ambos países con un comercio justo y transparente.
La nota, que es una herramienta contemplada dentro del Acuerdo, aclara la interpretación correcta que debe hacerse a ese Capítulo 10, que es el que aborda lo relacionado con inversiones, específicamente en lo que tiene que ver con las disputas inversionista-Estado, y no modifica el texto original del Tratado, es decir, mantiene las mismas protecciones.
El ministro Luis Carlos Reyes Hernández explicó que “esta aclaración es importante tanto para las expectativas de los inversionistas, como para los compromisos de los Estados y para la resolución de controversias por parte de jueces y autoridades nacionales, y árbitros internacionales”.
Esta nota interpretativa aclara para todos los interesados los compromisos de protección que asume cada Estado ante ambigüedades que se puedan presentar en el marco del Acuerdo. Precisamente, se han identificado términos que pueden llevar a malas interpretaciones de los compromisos pactados en el inicio del acuerdo, que pueden derivar en demandas frívolas o abusos por parte de inversionistas que buscan sacar partido.
Igualmente, en esta nota interpretativa se reafirma el derecho que tiene cada país de emitir nuevas regulaciones en cumplimiento legítimo del desarrollo de sus políticas públicas y en defensa del interés público, como por ejemplo la protección al medio ambiente.
En el documento se ratifica que, si las inversiones no se ajustan a las normas internas del país receptor, no se beneficiarán de la protección. Esto excluye la protección de inversiones ilícitas.
También defiende la soberanía de los jueces y autoridades colombianas. Se establece explícitamente que los tribunales de inversión no son una segunda instancia de las decisiones internas de cada país, con lo cual no pueden revisar el fondo de las decisiones emitidas por los jueces y autoridades nacionales, que fue justamente lo que ocurrió en el caso de Telefónica, en el marco del Acuerdo de Inversión con España.
Esta nota, además, va en la línea con las directrices en las que se han movido los dos últimos gobiernos de Estados Unidos, en cuanto a la solución de disputas entre inversionistas y estados, lo que ha contado históricamente con apoyo bipartidista.
Por otra parte, esta decisión va en línea con sentencias de la Corte Constitucional que estipulan que los acuerdos de inversión deben ajustarse al orden constitucional.
Del mismo modo, corresponde con la solicitud que, en varias ocasiones, se había hecho desde el Congreso de Estados Unidos para lograr un mayor balance en estos instrumentos, y que coinciden con los intereses y necesidades planteadas por el Gobierno nacional.
Además, la nota está en línea con las discusiones que, en el orden multilateral, se han dado en el marco de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y en las Naciones Unidas, y en las que Colombia ha participado activamente.
Lo que dice AmCham y Analdex
Tras un primer análisis la presidenta de la Cámara Colombo Americana, AmCham Colombia, María Claudia Lacouture, identificó algunas preocupaciones sobre una posible extralimitación de los Gobiernos en la implementación de esta nota interpretativa:
- Restricción del acceso al arbitraje internacional: Limita el derecho de los inversionistas extranjeros a impugnar decisiones judiciales locales que podrían ser injustas o inconsistentes con el TLC.
- Eliminación de expectativas legítimas como criterio de trato justo y equitativo: Esto reduce la seguridad jurídica y permite que los Gobiernos cambien reglas sin otorgar garantías previas a los inversionistas.
- Modificación de la protección frente a regulaciones ambientales sin compensación: Se reafirma el derecho de los Gobiernos a adoptar regulaciones ambientales que puedan afectar el valor de una inversión, limitando la posibilidad de que los inversionistas demanden al Estado.
- Ausencia de consulta y aprobación del Congreso: Estos cambios no fueron sometidos a consideración de los Congresos ni en el caso de Colombia, al control constitucional, lo que vulnera la Sentencia C-252 de 2019.
Impacto para Colombia
- Mayor incertidumbre para inversionistas extranjeros, quienes podrían percibir una disminución en la seguridad jurídica de sus inversiones.
- Decisiones judiciales y tutelas relacionadas con inversiones ya no podrían ser impugnadas en tribunales internacionales, salvo en casos extremos.
- Posible afectación a la llegada de inversión extranjera, en un momento en que el país necesita recursos para impulsar el crecimiento, generar empleo formal y aumentar ingresos para los colombianos.
Ahora, corresponderá a los Congresos de Colombia y Estados Unidos pronunciarse sobre esta nota interpretativa, que no fue consultada con ellos, y a la Corte Constitucional evaluar tanto el procedimiento como el fondo de esta decisión”.
Los dos Gobiernos han mantenido y mantendrán una comunicación permanente y fluida, y “esperamos seguir manteniendo unas relaciones productivas, transparentes y constantes”.
Renegociación del TLC sin el sector privado
Mientras tanto, Javier Díaz Molina, presidente de Analdex, recordó que “en el primer mandato de Trump no hubo grandes afectaciones para las exportaciones colombianas hacia este destino. Tendremos que monitorear muy de cerca temas que tengan que ver con nuevos aranceles o afectaciones al TLC”.
Díaz añadió que “en esa renegociación del TLC, que la verdad no sabemos exactamente qué puntos aborda, no han invitado al sector privado a las conversaciones, cuando las empresas son las que deberían estar de primeras en esos espacios. Entendemos que hay una voluntad de querer nivelar la cancha, pero ojalá no sea en detrimento de otros aspectos en los cuales hemos ganado terreno”.
Igualmente, a noviembre de 2024, las principales empresas exportadoras a Estados Unidos fueron Ecopetrol, C.I. Trafigura Petroleum Colombia, Refinería de Cartagena, C.I. Energía Solar S.A.S. E.S. Windows, Comercializadora Internacional Sunshine Bouquet Colombia y Frontera Energy Colombia.
El regreso de Donald Trump a la presidencia de Estados Unidos ha sido marcado por anuncios contundentes sobre cambios significativos en la política comercial estadounidense. Entre las medidas anunciadas se encuentra la imposición de aranceles del 25% a las importaciones provenientes de México y Canadá, y un arancel adicional del 10% a los bienes importados desde China.
“Estas decisiones, justificadas por Trump como una estrategia para abordar la inmigración ilegal y el combate al tráfico de drogas, generan interrogantes sobre sus efectos en el comercio global y abren oportunidades para países como Colombia, que pueden capitalizar las nuevas dinámicas comerciales” explicó Analdex.