Comisiones de contratos bajan recursos al PAE | El Nuevo Siglo
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Martes, 14 de Mayo de 2019
Redacción Nacional

Contratos realizados a través de la Bolsa Mercantil están disminuyendo el valor que las entidades territoriales destinan al Programa de Alimentación Escolar (PAE). Así lo señaló el Auditor General de la República, Carlos Hernán Rodríguez Becerra, quien pidió revisar la actual modalidad.

El organismo de control llama la atención a los organismos encargados de vigilar el buen uso de los recursos destinados a la subsistencia y permanencia del programa, para que le pongan especial atención a este tipo de contratos, concretamente a lo relacionado con el pago de comisiones y demás gastos bursátiles que a la postre terminan menguando el presupuesto público que las entidades territoriales destinan en el rubro de alimentación escolar. En este sentido es preciso analizar en detalle la conveniencia económica de utilizar este mecanismo.

Según información suministrada por la Bolsa Mercantil, durante las vigencias fiscales de 2016 a 2018, se realizaron unos 34 procesos de contratación mediante la utilización de este mecanismo de selección de contratistas, que involucran recursos públicos por más de $520 mil millones de 14 entidades que acudieron a la Bolsa, y de los cuales giraron por concepto de comisiones y costos bursátiles asociados una cifra cercana a los $4.600 millones, es decir alrededor del 0,94% sobre el total contratado, valor con el cual se hubieran podido suministrar unos 2.100.000 complementos alimenticios adicionales para la población infantil que tanto se necesita.

En total las entidades territoriales realizaron por cada contratación tres pagos por comisiones y costos asociados al negocio así: comisión de 0,43% pagada a las firmas comisionistas de Bolsa, comisión de 0,305 pagada a la Bolsa Mercantil por derechos de registro y el pago de 0,21% a la Bolsa Mercantil - Sistema de Compensación y Liquidación.

Este porcentaje no incluye la comisión que paga el proveedor del servicio a la firma comisionista que lo representa ante la Bolsa Mercantil y que constituye un cargo adicional al costo del programa.

Legalidad

La Auditoría no cuestiona la legalidad de dicho procedimiento contractual, pues no existe duda de que el mismo se encuentra debidamente establecido en las normas de la contratación pública del país e, incluso, en algunas oportunidades implica mayor agilidad en la solución de conflictos contractuales y menores tiempos de interrupción del servicio, en los eventos de incumplimiento por parte de los proveedores del mismo. Lo que llama la atención es el alto porcentaje de comisiones y gastos asociados en que incurren las entidades públicas, dados montos representativos de los recursos que se involucran en el programa.

Agregó el Auditor, que no tiene justificación que las entidades tengan que acudir a un tercero (Bolsa Mercantil), para que realice la contratación pública, cuando cuentan con la estructura administrativa necesaria para llevar acabo los procesos de contratación a través de aquellos mecanismos que no generan costos adicionales.

Se requiere por lo tanto, que las contralorías verifiquen exhaustivamente los análisis realizados por las entidades que contratan bajo esta modalidad, con el fin de comprobar la existencia de estudios previos serios que determinen que el adquirir tales servicios en bolsa, se hará en mejores condiciones, que si se hace por fuera de ella.

Añadió Rodríguez Becerra que “el utilizar esta clase de mecanismos de contratación, dificulta el ejercicio del control fiscal por cuanto los contratos que se realizan con el operador del PAE, no son contratos estatales, sino contratos de derecho privado que suscribe el corredor de bolsa, los cuales no son rendidos en las cuentas que las entidades territoriales les rinden a las contralorías, así como tampoco son subidos en el Secop. Los contratos rendidos corresponden a los de corretaje”.