Este es el mapa para la ponencia de la reforma tributaria | El Nuevo Siglo
El ministro Ocampo dice que probablemente se recaudarán los $25 billones presupuestados.
ENS
Martes, 4 de Octubre de 2022
Redacción Economía

Está prevista la presentación de la ponencia de la reforma tributaria para su primer debate para este martes. Sin embargo, el texto inicial radicado el 8 de agosto por el ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo, ha tenido algunos cambios relevantes, que se han ido ajustando entre gobierno, partidos, coordinadores y gremios.

1. Dividendos

La propuesta inicial contemplaba un impuesto a los dividendos a través de la retención en la fuente sobre el valor bruto de los pagos o abonos en cuenta por concepto de dividendos o participaciones, que sería del 20%. Tras varias propuestas y un lobby intenso aduciendo una doble tributación, se definió que la tarifa efectiva para las personas naturales tendría un descuento de 19% sobre las tarifas marginales del impuesto de renta, las cuales iban de 0% a 39%. En ese sentido, este impuesto tendría un tope de máximo 20%.

Es decir, una persona que tenga ingresos de $10 millones y reciba dividendos, prácticamente no pagaría este impuesto. Sin embargo, entre más ingresos tenga, empezaría a pagar sobre una tabla progresiva desde el 20% hasta el 39%, con descuento del 19%, para un total de 20%.

2. Ganancia ocasional

Nuevamente el Gobierno reculó sobre otro gravamen que fue polémico. En este sentido, el Ministerio de Hacienda proponía incluir las ganancias junto a otro tipo de ingresos corrientes de la cédula general, por ejemplo, salarios, pensiones y dividendos. De esa manera, tendrían tarifas diferenciales de hasta 39%. No obstante, el ministro Ocampo aclaró que ya no será así, por cuanto "las ganancias ocasionales son ocasionales". En este caso se mantendrá una tarifa única de 15%, salvo para loterías y rifas que sí tendrían una tarifa de 35%.

En la actualidad, las tarifas de las ganancias ocasionales son de 10% para herencias, donaciones y enajenación de activos y de 20% para las rifas y loterías.

En el caso de la venta de viviendas estarán exentas del impuesto si el dinero obtenido se utiliza para comprar otra vivienda. Así mismo si la venta de vivienda es inferior a los $500 millones.

3. Día sin IVA

Tras haber echado para atrás el Día sin IVA del gobierno Duque y no tenerlo previsto en la reforma tributaria, en los últimos días se introdujo esta medida en lo que será la ponencia.

Entre los cambios está que solo se aplicará para productos nacionales que no superen las 80 Unidades de Valor Tributario (UVT), es decir, $3.040.000.

De acuerdo al ministro Ocampo, la primera jornada se desarrollaría entre febrero y marzo, y la segunda en agosto.

4. Gasolina

En principio, el Gobierno planteó eliminar el subsidio a la gasolina que tienen las personas en las zonas de frontera. Estas regiones están excluidas de pagar el IVA en el combustible, además de otras exenciones como aranceles y el impuesto nacional a la gasolina y el ACPM. Sin embargo, esta decisión se rectificó y se mantuvieron beneficios para esas poblaciones.

5. Petroleras

Para las empresas petroleras, el primer texto quitaba la posibilidad de deducir las regalías del impuesto de renta. Ahora se ajustó y se podrán deducir dichas regalías del imporrenta, pero se pagará una sobretasa del 5%. “Hay una nueva fórmula para los impuestos a las exportaciones que tiene una base más alta, a partir del precio promedio de los últimos 20 años de US$71 y un impuesto del 20% si se excede ese precio base”, señaló el ministro de Hacienda.

Es decir, siempre y cuando el barril de petróleo esté por encima de los US$71, se pagará una sobretasa del 20%. Asimismo, el Gobierno tampoco le pondrá impuesto al carbono, gas, gasolina, ni al ACPM.



6. Ultraprocesados

Aunque el impuesto a los ultraprocesados es de corte ‘saludable’ y no se cambió, sí se excluirán algunos productos de la lista contemplada inicialmente. El articulado plantea que los alimentos ultraprocesados y con alto contenido de azúcares tengan una base gravable sobre el precio final de venta, con una tarifa de 10%. En una intervención, Ocampo dijo que pequeñas tiendas no se verán afectadas.

7. Bebidas azucaradas

En principio las bebidas azucaradas se gravarían desde los 4 gramos de azúcar por cada 100 miligramos (mg). Sin embargo, ahora este umbral se subió a 5 gramos por cada 100 mg. Las tarifas irán de 5 gramos a 9 gramos y de 9 gramos en adelante el impuesto será progresivo.

Días antes se había planteado iniciar desde los 6 gramos por 100 mg. “Las bebidas azucaradas estarán en un periodo de transición. Se permite un porcentaje más alto de azúcar, el que tenía antes era 4%. Iba de 4 a 8 gramos y más de 8 gramos. Ahora va a quedar por lo menos un par de años de 6 a 10 y más de 10 con un impuesto que va a aumentar en el tiempo, así que seremos más estrictos en gravar estas bebidas”, señaló el jefe de la cartera.

8. Impuesto a la renta

Este gravamen es uno de los pilares de la reforma tributaria. Desde el principio se planteó que todas las personas con ingresos superiores a $10 millones empezarán a pagar este impuesto con una tasa variable de acuerdo a los ingresos percibidos. Con esto se espera que ultraprocesados para 2023 tengan un aumento en el recaudo cercano de $8,12 billones por la renta de personas naturales.

En esta tabla progresiva se mantiene el porcentaje máximo de rentas exentas y deducciones del 40% de ingresos, menos ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional. Acá se disminuye el límite del valor máximo a descontar de $191.540.000 a $45.985.000.

9. Impuesto al carbón

En primera instancia la reforma proponía incluir el carbón térmico y mineral a la base gravable del impuesto al carbono. La tarifa se incrementaría gradualmente (0% para 2023 y 2024, 25% para 2025, 50% para 2026, 75% para 2027 y tarifa plena de 2028 en adelante). Un primer acuerdo en ese sentido fue cambiar la no deducibilidad por cinco puntos extra del impuesto de renta y también se habló de una nueva fórmula para los impuestos de esas exportaciones, al igual que con la gasolina. En este caso la cifra aproximada sería de US$80 por tonelada de carbón exportado. Si se pasa de este precio, pagaría una sobretasa adicional.

10.  Exportación de oro

En principio, la tributaria establecía una tarifa de 10% para las exportaciones extraordinarias de petróleo, carbón y oro. Como ya se registró en el punto anterior, con esto se proponía generar mayores ingresos cuando los precios internacionales estuvieran muy altos.

Sin embargo, este fue uno de los primeros puntos en ser retirados, tan solo en el caso del oro, pues su seguimiento por parte de la DIAN conlleva mucha dificultad por el alto tráfico ilegal.

11. Plásticos de un solo uso

Según el artículo 32 del proyecto de reforma tributaria, se creaba un nuevo impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso que se utilizaran para embalar, envasar o empacar bienes.

En ese caso, el responsable del gravamen sería el productor o importador. De acuerdo con el texto, la base es el peso en gramos del envase, embalaje o empaque de plástico de un solo uso. En ese caso, la tarifa sería de 0,00005 UVT por cada gramo del envase, que equivalía a $1,9 por gramo. Este artículo se desechó para dejar la ley como está actualmente.

12. Sobretasa al sistema financiero

Aunque no se contemplaba una sobretasa al sistema financiero, durante las discusiones se agregó el artículo sobre la posibilidad de imponer una sobretasa de renta del 5% para el sector financiero. Con esa decisión la actual sobretasa, del 3%, pasaría de ser temporal a permanente.