Funcionarios y contratistas pagarán impuesto solidario | El Nuevo Siglo
Foto archivo El Nuevo Siglo
Jueves, 16 de Abril de 2020
Redacción Economía

El Gobierno Nacional ordenó que a partir del 1 de mayo de 2020 y hasta el 31 de julio, comience a operar el aporte solidario de todos los funcionarios públicos y contratistas, esto ante el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.

Esto es lo que establece el decreto 568 expedido antes de la media noche del 15 de abril, cuando concluyeron las facultades extraordinarias del presidente Iván Duque, que le otorgaron la posibilidad de expedir decretos con fuerza de ley durante 30 días. En el decreto se expresa que la medida aplicará durante 3 meses

Este aporte será voluntario para quienes devenguen menos de $10 millones mensuales, pero será de carácter obligatorio para quienes perciban más de este ingreso.

Aportarán de sus honorarios los funcionarios contratados directamente y están en nómina, los vinculados mediante contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión vinculada a las entidades del Estado y los que cuenten con megapensiones superiores a $10 millones o más. Sus aportes serán trasladados al Fondo de Mitigación de Emergencias (FOME).

Según la tabla publicada por Presidencia, los porcentajes en esos casos de los abonos varían del 10% al 20%.

Sobre la “causación del impuesto solidario por el Covid-19”, dice el decreto que es de carácter instantáneo y se causa al momento en que se paguen o abonen en cuenta los salarios y honorarios mensuales periódicos, y las mesadas pensionales de megapensiones mensuales periódicas.

Además, será la DIAN la que recaudará mediante mecanismo de retención en la fuente y será trasladado al Fondo de Mitigación Emergencias - FOME.

De acuerdo con el Artículo 123 de la Constitución, “son servidores públicos los miembros de las corporaciones públicas, los empleados y trabajadores del Estado y de sus entidades descentralizadas territorialmente y por servicios”.

Una novedad en el decreto es que los pensionados con mesadas superiores al mismo monto sobre el cual aportarán los empleados también contribuirán al impuesto a la solidaridad.

En el universo de aportantes quedarían incluidos servidores públicos y pensionados del sector central y descentralizado, del orden departamental y municipal. Incluye organismos de control, legisladores nacionales, asambleas, consejos.
 

Los obligados:

Para efectos del pago del impuesto, según el ingreso, se crearon 4 tarifas, con la salvedad de que al trabajador le dejan libre del impuesto $1'800.000. De ahí en adelante, las tarifas aplicables serán:

-Del 15 % para salarios entre 10 y $12,5 millones.

-De 16 % para los que ganan entre 12,5 y $15 millones.

-De 17 % para el empleado o contratista con ingresos entre 15 y $20 millones
-De 20 % para salarios y honorarios superiores a 20% 

 

Para voluntarios

De otro lado a los colombianos que trabajan en el sector público, que tienen ingresos inferiores al monto gravado ($10 millones) los invitan a dar un aporte solidario, así:

-De 4% a salarios entre $1,7 millones y $ 2,6 millones 

-De 6% entre $2,6 millones y $ 4 millones                     

-De 8% entre $4,3 millones y $6,1 millones                 

-De 10% entre $6,1 millones y $8,7 millones                 

-De 13% entre $8,7 millones y $10 millones