¿No pagó la prima de su empleada antes del 30 de junio? Esto podría pasarle | El Nuevo Siglo
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Lunes, 23 de Julio de 2018
Redacción Web
Preste atención a las recomendaciones para que el retraso no le represente algo más grave.

 

Desde que fue aprobada la Ley 1788 de 2016, los empleados del servicio doméstico tienen derecho al pago de la prima en junio y en diciembre. Si no lo hizo, dentro de los plazos establecidos, la multa equivale a un día de salario por cada día de retraso.

 “Inevitablemente, los empleadores que no acostumbran a pagar la prima de servicios o que no la alcanzaron a cancelarla antes del 30 de junio, incurren en una mora, puesto que la Ley obliga al pago de ésta, tanto en junio como en diciembre. Por esta razón, siempre les recomendamos hacer una provisión mensual, evitando justamente sinsabores que los pueden llevar a una demanda que desde luego procede en estos casos”, señaló Camilo Méndez, CEO de Symplifica.com

 El objetivo de hacer una provisión es proporcionarle la seguridad y la tranquilidad de tener los recursos necesarios para cancelar totalmente la obligación en el momento oportuno.

 “La prima de servicios es una prestación legal a la que tienen derecho todos los trabajadores,  y el empleador que no cumpla con los plazos establecidos, deberá reconocer al trabajador la sanción moratoria estipulada dentro del artículo 65 del Código Laboral, esto es, un día de salario por cada día de mora. La indemnización moratoria es una especie de reparación a cargo del empleador, quien está en todo su derecho de demandar y exigir lo que por Ley le corresponde”, argumentan expertos de Symplifica.com

 En el caso de que ya se haya terminado el contrato de trabajo y el empleador no haya pagado la prima, el ex empleado lo puede demandar, y deberá pagar la indemnización moratoria que se calcula con base en el último salario diario por cada día de retraso. Si después de 24 meses, el empleador no se ha puesto al día con el pago de dicha obligación, además deberá cancelar los intereses moratorios.

 Es de resaltar que hacen parte del grupo de trabajadores del servicio doméstico todas las personas naturales que prestan servicios en los hogares en tareas de aseo, cuidado de niños y adulto mayor, lavado, planchado, jardinería, cocina, conductor de familia, trabajadores de finca como mayordomos, y similares.

Una forma de provisionar, según Symplifica.com podría ser de la siguiente manera, (Esto en el caso que inicie en el mes de enero o de lo contrario sumaría lo proporcionar al mes en el que comience a ahorrar).

 

 

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