La terna y the rule of law | El Nuevo Siglo
/Foto Corte Suprema de Justicia
Miércoles, 23 de Octubre de 2024

El Consejo de Estado presentó anteayer la terna de juristas al Senado para reemplazar al magistrado Antonio José Lizarazo en la Corte Constitucional. Será la primera decisión que inicie el proceso de renovación por medio del cual también se llenarán las vacantes dejadas, en los próximos meses, por los togados Cristina Pardo, José Fernando Reyes y Diana Fajardo.

No es, por supuesto, un asunto menor. Por el contrario, en épocas en que las máximas autoridades jurisdiccionales se han sentido atropelladas desde el Ejecutivo, es indispensable actuar con el mayor tino. No se trata solo de salvaguardar las instituciones que, por fortuna, han impedido el desborde de la demagogia y la obnubilación autoritaria. Igualmente, este tipo de designaciones entrañan una clara señal en favor de las libertades, el sistema democrático y el orden constitucional.

Tendrá la corporación parlamentaria que sopesar con sindéresis, tanto en las audiencias como a la hora de votar, la persona que por sus calidades e idoneidad profesional represente todo aquello que, por el contrario, ha sido puesto en peligro. Pocas veces, como en la actualidad, la elección de tan altos cargos tiene una connotación patriótica, sin caer en hipérbole.

La terna presentada por el Consejo de Estado para suplir la primera vacante, como después corresponderá a la Corte Suprema de Justicia para llenar las otras dos y una por la presidencia de la República, ha sido integrada con ese propósito. Especialmente en lo que puede vislumbrarse a primera vista de algunos de sus componentes.

No es del caso entrar en favoritismos, pero en estos tiempos de oportunidades para las mujeres es dable señalar la buena hora en que el tribunal postuló a la jurisconsulta Claudia Dangond Gibsone, aunque no haya sido ella proclive a destacarse, en la arena de la juridicidad, la academia y la intelectualidad, por esta vía del género. Suficiente con saber, de su gran trayectoria en estos campos, su obsesión indeclinable por eso que los anglosajones llaman rule of law (gobierno de la ley). Y que pertenece de modo tan decisivo al derecho constitucional y a los requerimientos de la actualidad nacional. Sin demeritar, desde luego, que los demás ternados concursan en las mismas condiciones.

Tiene pues el Senado en sus manos una decisión histórica, en verdad. Se trata nada menos que de preservar eso en entredicho: the rule of law.