Presidente, el destinatario | El Nuevo Siglo
Lunes, 19 de Diciembre de 2011

 

* Autoridades esperan la respuesta

* El Congreso no es la última palabra

 

 

Es evidente que cualquier acto legislativo o proyecto de ley que presente el Gobierno al Congreso, tiene de cabeza al Presidente de la República. Sus ministros son apenas voceros de lo que él piensa y quiere implementar en materias judiciales, políticas, económicas y sociales. Pero no solo eso. El Presidente de la República es, constitucionalmente, no solo la Suprema Autoridad Administrativa, sino Jefe de Estado y Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas, es decir, combina múltiples competencias dentro de sus funciones. Pero aún más allá, el Presidente de la República, también constitucionalmente, encarna la Unidad Nacional, no en el sentido de coaliciones políticas, sino de personero jurídico de la soberanía y representante del pueblo.

Por eso resulta sorprendente la sorpresa del señor presidente de la República, Juan Manuel Santos, con la misiva que le envió la cúpula judicial sobre los galimatías, contradicciones y atajos en que incurre la reforma a la justicia por el Gobierno presentada y maniobrada por sus ministros en el Parlamento. Aduce que él no debería ser el destinatario, pero es lógico que lo sea, no sólo por los mecanismos y cláusulas constitucionales descritas anteriormente, sino porque además, como está demostrado en los desayunos y almuerzos de la “unidad nacional” en la Casa de Nariño, Santos es el eje gravitante de la coalición de partidos que aplican los acuerdos en la acción parlamentaria. Por todas estas consideraciones es que él es el destinatario de la cúpula judicial en todo lo atinente a la Rama, más aún cuando dejó entender desde el principio que quería una reforma consensuada bajo su coordinación, tal y como quedó contemplado al posesionarse y hacer una visita a las altas cortes.

Al enviar la carta, las máximas autoridades judiciales no están tampoco desconociendo, en absoluto, que el Congreso sea una de las ramas principales del Poder Público. No se entiende por qué el Presidente lo pueda sugerir así, simplemente por el hecho de llamar la atención sobre el arrasamiento que se avizora de la Constitución de 1991 y la dirección incorrecta, regresiva y revanchista que han tomado los debates. Por lo demás, el proceso de formación de la ley no compete exclusivamente a la Rama Legislativa, sino que también deben concurrir las otras dos ramas, la Ejecutiva, a través de las objeciones o sanciones presidenciales, y la Jurisdiccional, en lo que competa al control directo de la Corte Constitucional, en tratándose de actos legislativos, y los demás tribunales en casos de demanda con efectos suspensivos sobre las normas. Inclusive a la Procuraduría General de la Nación corresponde emitir conceptos sobre la legalidad o ilegalidad de los actos legislativos. La formación de la ley es, pues, un acto de tracto sucesivo que no se limita a los debates congresionales. Tampoco es cierto, entonces, como dice el Presidente, que el Congreso “tiene la última palabra de cualquier reforma a la justicia”.

Por lo demás, las Cortes y autoridades judiciales también gozan de iniciativa legislativa, en cuanto a sus actividades, del mismo tenor de la parlamentaria o gubernamental. En esta ocasión han preferido que la iniciativa legislativa corriera de cuenta presidencial, retirando sus propuestas iniciales, visto que en el llamado consenso lo que se pretendía (y pretende) era (y es) colgar un sinnúmero de micos para regresar a tiempos vernáculos, aún previos, a la Constitución de 1886.

Por ser un proyecto de índole gubernamental, pueden, desde luego, las Cortes solicitar la intervención del Presidente para llegar a un llano de “sensatez”. Si no fuera suficiente, también puede el Presidente objetar la reforma por inconveniencia o por inconstitucionalidad, si no es que ya está plagada de vicios de forma. Advertencias previas a la carta de la cúpula judicial sirvieron para que tanto el Senado como el Ejecutivo entraran en razón en la conciliación. Todavía falta mucho por desglosar en los debates de marzo, como que es un estropicio regresar a organismos de control de elección directa entre el Ejecutivo y el Legislativo para refundar monstruos clientelistas, o fundamentar la justicia, no en los jueces, sino en nóminas paralelas de particulares, convirtiéndolos en falladores, en vez de fortalecer los mecanismos alternativos judiciales ya existentes. Es obvio que para que ello no ocurra el Presidente es el destinatario y tendrá que haber cuantas cartas sean necesarias, ojalá con respuestas sobre los temas, para no caer en relatorías internacionales que desdigan de la división de poderes en Colombia.