Enfrentados | El Nuevo Siglo
Didier Tavera, exgobernador de Santander.
Cortesía
Viernes, 8 de Julio de 2022
Redacción Política

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia resolvió no anular el proceso judicial contra Didier Tavera, exgobernador de Santander y actual director de la Federación Nacional de Departamentos, por presuntas irregularidades en el Plan de Alimentación Escolar (PAE).

La defensa de Didier Tavera, junto con la Procuraduría, había pedido la nulidad del proceso porque, según sus argumentos, el escrito de acusación presentado por la Fiscalía por los delitos de peculado por apropiación en favor de terceros y celebración de contratos, sin el lleno de los requisitos legales, era incoherente y afectaban el debido proceso.

"Cuando yo planteé la nulidad, no hice ningún planteamiento conclusivo, lo que hice fue abordar aspectos que dan cuenta de la violación de garantías constitucionales en el caso”, dijo Juan David Rivero, abogado defensor de Tavera, en medio de la audiencia.

Tavera es procesado por irregularidades en el proceso de contratación para la operación del PAE en los colegios oficiales de 83 municipios de Santander en 2016, el cual tuvo un costo superior a $35 mil millones y fue adjudicado al único oferente de la licitación, Surcolombiana de Inversiones.

La Fiscalía General de la Nación presentó su escrito de acusación en octubre de 2020 por los delitos de celebración de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación a favor de terceros. El ente acusador afirma que el contrato habría beneficiado a terceros en más de 100 mil millones que afectó al erario del departamento.

“En tanto que el Dr. Didier Alberto Tavera Amado, conforme con los anteriores hechos, conocía que su decisión era contraria a derecho, pues no se debían direccionar los requisitos en la licitación para que ganara a quien se contrató y mucho menos permitir que se perdieran los recursos públicos en favor de terceros, además, conscientemente NO ejerció el debido control y vigilancia en la delegación que efectuó para la celebración del Contrato 601 de 2016, encontrándose dentro de sus obligaciones el realizarla, y mucho menos efectuó la evaluación, el seguimiento y la ejecución del PAE, a través del Comité Operativo Departamental, que debía presidir y reunirse una vez cada trimestre, acorde con los lineamientos establecidos para el Programa de Alimentación Escolar”, recalcó la Fiscalía en su pliego de cargos.

En febrero de este año inició la audiencia de formulación de acusación en contra del exgobernador, que durante el proceso llegó a ser privado de la libertad, pero la recuperó porque ya no ejercía como mandatario regional.

Cuando la defensa presentó la solicitud para anular el escrito de acusación en su contra, el proceso se suspendió para que la Corte analizara la solicitud, pidiendo “tiempo prudencial” para informar “sobre la nueva fecha para dar a conocer la decisión sobre la petición”. Ahora, la solicitud ha sido denegada.