EL NUEVO SIGLO: ¿Qué se busca con el proyecto que pretende modificar las transacciones del banco agrario?
PIERRE GARCÍA: Buscamos que el Banco Agrario no cobre los costos de las consignaciones nacionales y que se garantice que haya un servicio gratuito de giros nacionales de personas de bajos ingresos. Vamos a aprovechar la plataforma de esa entidad que tiene cobertura en todo el país, para que las zonas rurales sean beneficiadas.
ENS: ¿Cómo surge esta iniciativa?
PG: Teniendo en cuenta que la gran mayoría de envíos de dinero no superan los 150.000 pesos, es necesario que exista un servicio gratuito para que los colombianos más pobres no se vean obligados a pagar altas comisiones cuando envían recursos a sus familiares. Al Banco Agrario por el servicio de consignaciones nacionales, de sumas inferiores a 1 millón, se pagaron más de 9.200 millones de pesos. Considero que estos costos son muy altos para los habituales usuarios que consignan pequeños montos.
ENS: ¿Cómo está constituido el Banco?
PG: El Banco Agrario cuenta con 845 oficinas, cubre 813 municipios del país y en gran parte de ellos es la única entidad financiera presente. Según cifras de la Asociación de Servicios Postales (Asopostal), a través de las compañías privadas de giros postales se realizaron envíos por alrededor de 13 billones de pesos durante el año 2016 y se contabilizaron más de 80 millones de transacciones.
ENS: ¿Qué estadísticas tiene?
PG: En el Banco Agrario de Colombia se realizaron 1.600.000 consignaciones nacionales, que corresponden a los depósitos efectuados en una ciudad distinta a la de la oficina en la que fue abierta la cuenta.
ENS: ¿Qué se propone en la iniciativa?
PG: El Banco Agrario no podrá cobrar los servicios de giros, envíos, consignaciones nacionales y transferencias entre cuentas del mismo Banco para envíos entre 20.000 pesos y 2 millones de pesos por usuario y por mes. Así deberá ajustar cada año el monto mínimo y máximo de los giros y consignaciones nacionales que se realicen por medio de las redes físicas de la entidad, de acuerdo con la base fijada en este artículo, incrementada al mínimo en el índice de aumento de precios al consumidor del año inmediatamente anterior.
ENS: ¿Qué establece el proyecto?
PG: El Banco Agrario de Colombia ampliará, dentro de los seis meses siguientes a la expedición de la ley, los servicios de giros, consignaciones nacionales y transferencias entre cuentas del usuario en el mismo Banco de manera ágil, con horarios amplios y utilizando los canales físicos del Banco en su red de oficinas en el territorio nacional.
ENS: ¿Qué otro punto se propone?
PG: El Banco Agrario de Colombia podrá ofrecer a los usuarios del sistema de giros y consignaciones nacionales gratuitas, las diferentes opciones para que ingresen formalmente al sistema financiero y tengan acceso a sus servicios. El Banco podrá hacer uso de las normas establecidas en el artículo 235 del Decreto 663 de 1993 modificado por el artículo 47 de la Ley 795 de 2003 para garantizar lo establecido en la presente ley.