La jueza 79 de garantías de Bogotá rechazó la solicitud de la defensa del coronel Carlos Feria Buitrago, jefe de seguridad de la Presidencia de la República, de cambiar la jurisdicción del caso por la aplicación del polígrafo a la exniñera Marelbys Meza. La magistrada fundamentó su decisión en la falta de un nexo directo entre los hechos y actos de servicio.
La defensa del coronel Feria buscó modificar la jurisdicción del caso, argumentando que, al tratarse de servidores de policías activos en el servicio, la Justicia Penal Militar debía asumir la investigación. Sin embargo, la jueza desestimó esta petición durante la audiencia del 23 de noviembre.
La jueza 79 de control de garantías de Bogotá negó de manera rotunda la solicitud de traslado, enfatizando la ausencia de un nexo claro entre los actos de servicio y los hechos objeto de la investigación. Su decisión se basó en la necesidad de establecer una conexión directa y específica entre los hechos y el servicio militar para justificar el cambio de jurisdicción.
La magistrada expresó su preocupación por la posible vulneración del derecho a la intimidad de Marelbys Meza, señalando que la actuación de la Policía podría interpretarse como una extralimitación de funciones. Cuestionó la necesidad del despliegue logístico para llevar a cabo la prueba de polígrafo y destacó la falta de justificación para dicha acción.
Además, la jueza resaltó que no se evidenció un riesgo para la sociedad relacionado con la pérdida del maletín con dinero en el apartamento de Laura Sarabia. En su análisis, concluyó que la aplicación del polígrafo no estaba justificada de acuerdo con los hechos presentados.
Con la negativa del traslado a la Justicia Penal Militar, la Fiscalía continuará a cargo del caso, que involucra al coronel Feria y a sus subalternos en presuntas irregularidades relacionadas con la prueba de polígrafo a Marelbys Meza. La jueza determinó que la jurisdicción ordinaria es competente y permitió que la Fiscalía proceda con la imputación de cargos.