Congreso reduciría excarcelación de reincidentes | El Nuevo Siglo
Alcaldía de Cali.
Martes, 8 de Mayo de 2018
Redacción Nacional

Una política más fuerte para enfrentar el crimen  ya se está tramitando en el Senado.

Así lo precisó el ponente de la iniciativa Manuel Enríquez, del Partido Social de Unidad Nacional (La U), luego de que el alcalde de Bogotá, Enrique Peñalosa, como vocero de Asocapites, planteara que la salida de las cárceles de los reincidentes es el origen del incremento de los hurtos en las ciudades colombianas.

Según cifras de la Fiscalía, desde que está en vigencia la ley de excarcelación han salido de los centros penitenciarios más de 5.000 personas de las cuales 700 son reincidentes y el 20% son por hurto.

Según los alcaldes, el hurto es uno de los delitos que más afecta a los ciudadanos y se percibe un incremento en al menos dieciocho ciudades capitales, en comparación con el año anterior.

De acuerdo con Enríquez, de aprobarse el proyecto, que está para segundo debate en la plenaria del Senado, el Ministerio de Justicia podrá, al depurar las conductas punibles, endurecer las medidas contra la reincidencia, como en el caso del hurto, como lo piden los alcaldes, mientras se suavizan frente a comportamientos de mucho menor impacto social.

Se trata del proyecto número 14 de 2017 Senado, “por medio del cual se fortalece la política criminal y penitenciaria en Colombia y se dictan otras disposiciones”, radicado el 25 de julio por el ministro de Justicia, Enrique Gil, con el apoyo del defensor del Pueblo, Carlos Alfonso Negret, y la firma de congresistas de varios partidos.

El articulado, que recibió visto bueno de la Comisión Primera del Senado en octubre y tiene lista ponencia positiva desde diciembre, implica, en palabras del ministro Gil, modernizar la política criminal y da “respuesta a los requerimientos que se han escuchado por parte de diversos sectores de la sociedad, entre ellos, los ciudadanos, la academia y los medios de comunicación, entre otros”.

En esencia, explicó Gil, la iniciativa “pretende una racionalización del derecho punitivo y lo pone en estándares internacionales en temas como la privación de la libertad, al punto de poner en la agenda pública la humanización de las cárceles y reconoce, que los centros penitenciarios se han convertido en unos verdaderos antros”.

Para el senador Enríquez, “ésta es una realidad incuestionable”, anotando que “la Corte Constitucional y los organismos supranacionales han advertido con preocupación la situación sistemática de violación de derechos humanos por condiciones de hacinamiento u otros elementos, que no propenden en forma alguna a los fines de la pena, que son la rehabilitación y la resocialización”.

Bajo ese antecedente, el Consejo Superior de Política Criminal recordó que “el proyecto de ley -en tránsito en el Congreso- que pretende fortalecer la política criminal y penitenciaria en Colombia, en el marco del proceso de racionalización y armonización de la justicia penal en el país, postula una serie de medidas y actividades orientadas a superar el estado de cosas inconstitucionales, así como dar cumplimiento a la actividad 2.5 del Documento Conpes 3828 de 2015 sobre Política Penitenciaria”.

El proyecto, al abordar el caso de personas con enfermedades graves privadas de la libertad, que requieren tratamientos o hábitos especiales, así como aquellas con determinada condición de discapacidad que no les permite valerse por sí mismas, se propone que atendiendo a los criterios de tratamiento integral en salud y dignidad humana, se propenda por la concesión de la prisión domiciliaria u hospitalaria en esos eventos.

Finalmente, el proyecto de ley pone a consideración del Congreso que deje de ser delito la conducta de inasistencia alimentaria consagrada en el artículo 233 del Código Penal.

“Esta conducta punible, si bien registra un número importante de entradas al sistema procesal penal, es uno de aquellos delitos a los que se acude como instrumento de presión, y a través del cual, incluso, paradójicamente, se profundizan las violaciones a los derechos de las personas que con el delito se pretenden proteger, pues la privación de la libertad del obligado a responder alimentariamente le genera una justa causa que le impide cumplir con su obligación”, explicó Enríquez.