Corte ordena garantizar que baldíos sean para campesinos pobres | El Nuevo Siglo
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Jueves, 18 de Agosto de 2022
Redacción Web

En un fallo que fue calificado como histórico, la Corte Constitucional ordenó ayer garantizar que los baldíos de la Nación sean efectivamente entregados a los campesinos de escasos recursos. La decisión se produjo al fallar 11 tutelas que presentó la Agencia Nacional de Tierras contra sentencias judiciales que adjudicaron tierras a particulares.

Así, la sentencia puso punto final a un proceso que se extendió por más de cinco años, a partir de las tutelas que impetró la Agencia Nacional de Tierras buscando que se tumbaran fallos de jueces que entregaron a particulares tierras que le pertenecen a la Nación, que las solicitaron a través de procesos de pertenencia, en los departamentos de Boyacá, Cundinamarca y Santander.

Sin embargo, la Corte no solo dejó en firme los fallos que entregaron estas tierras a particulares sino que llamó la atención por las deficiencias que hay en el manejo de los baldíos y la crisis para que los labriegos accedan a la propiedad de la tierra.

Al tiempo que pidió avanzar en la reforma rural integral establecida en el Acuerdo de Paz, para que las tierras de la Nación efectivamente puedan llegar a manos de los campesinos que carecen de ellas.

El alto Tribunal señaló en la sentencia que existe “un tratamiento desigual en la aplicación e interpretación del régimen especial de baldíos e incumplimiento del deber del Estado de promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los campesinos”. 

Además la Corte Constitucional exhortó al Gobierno y al Congreso a que se “implemente la política de Estado en materia de tierras derivada del punto uno del Acuerdo Final de Paz, en orden de enfrentar y resolver los gravísimos problemas de informalidad en la tenencia y uso de tierra, y la consecuencial inseguridad jurídica”.

La ministra de Agricultura, Cecilia López, señaló frente al fallo de la Corte Constitucional, que “el gobierno del presidente Gustavo Petro acata los fallos de la Corte, y esta no es la excepción”.

Agregó que “lo vamos a estudiar con mucho detenimiento y con mucho rigor, pero eso es muy importante decirlo: siempre estaremos pensando en respetar los derechos legalmente adquiridos y la seguridad y la estabilidad jurídica”.



Órdenes a entidades

La  Corte Constitucional en este fallo sobre los baldíos dio órdenes a varias entidades para que se materialice el derecho que tienen los campesinos pobres para acceder a este recurso.

Conminó al Gobierno nacional y al Congreso a “que, en el ámbito de sus competencias y de conformidad con lo dispuesto en el Acto legislativo 02 de 2017, implementen, asignen los recursos necesarios para su ejecución y realicen los ajustes normativos y presupuestales que se requieran para materializar la creación de la jurisdicción agraria, la consolidación del catastro multipropósito, la actualización del sistema de registro, el fondo de tierras para la reforma rural integral y el plan de formalización masiva de la propiedad rural”.

También ordenó al Consejo Superior de Ordenamiento del Suelo Rural, creado mediante Decreto Ley 2367 de 2015, organismo encargado de formular lineamientos generales de política, así como de coordinar y articular la implementación de políticas públicas en materia de ordenamiento del suelo rural, “coordinar las acciones interinstitucionales necesarias para el cumplimiento de la presente sentencia y para la asignación de los recursos necesarios para su ejecución”.

Así mismo ordenó a la Agencia Nacional de Tierras que, dentro de un plazo que no exceda de los 12 meses siguientes a la notificación de la presente providencia y mediante un procedimiento participativo, adopte un plan de acción para elaborar una base de datos que incluya el universo de predios rurales que no contaban con antecedentes registrales respecto de los cuales se hubiere proferido sentencia de pertenencia, al menos desde la entrada en vigencia de la Constitución de 1991 en una primera fase, diferenciando si se encuentran o no inscritas, identificando su área; ubicación; fecha de la sentencia; autoridad judicial que la profirió, entre otros datos necesarios para identificar posibles casos de apropiación o acumulación indebida de tierras baldías. 

Y ordenó al Departamento Nacional de Planeación que dentro de los 12 meses siguientes a la notificación de la providencia, diseñe y organice un sistema especial de evaluación de gestión y de resultados de la administración en relación con la política pública contenida en el punto I del Acuerdo Final de Paz.