Los peros ante posible regreso del glifosato, según el Procurador | El Nuevo Siglo
Miércoles, 5 de Febrero de 2020
Redacción Web

Cuando el Gobierno estaba dando los últimos toques al proyecto de decreto que establece un marco de control de riesgos para la salud y el medio ambiente por las fumigaciones aéreas con glifosato a cultivos ilícitos, que se propone revivir tras casi 5 años de suspensión, le llegó una carta del procurador Fernando Carrillo.

En la misiva, Carrillo pide hacer ajustes para que calce con la Sentencia T-236 de 2017, en donde la Corte hace seis requerimientos para que se puedan reanudar, y el acuerdo de paz. En ese escenario todo indica que la Casa de Nariño no tiene otra que atender esas recomendaciones y así evitar futuras tutelas y demandas que pongan en peligro la futura norma.

El citado proyecto de decreto estuvo publicado en la página del Ministerio de Justicia durante 30 días (hasta el 30 de enero pasado), el doble de tiempo que exige la ley porque así lo quiso el Ejecutivo para que existiera más transparencia e información sobre la materia, con el objeto de que los ciudadanos tuvieran la oportunidad de hacer sus comentarios y observaciones.

A partir de allí lo que se está haciendo por parte de los equipos jurídicos de los ministerios de Justicia, Salud y Protección Social, Defensa y Ambiente es una revisión de las propuestas a este proyecto de decreto que presentaron los ciudadanos y distintas organizaciones de la sociedad civil, con el propósito de incorporar las que encuentren conducentes con los propósitos de la norma o corregir el texto.

Posteriormente el decreto será expedido y luego de ello el Ministerio de Justicia solicitará formalmente al Consejo Nacional de Estupefacientes autorización para reemprender las fumigaciones aéreas a los cultivos ilícitos.

La Corte Constitucional en el Auto 387 de julio del año pasado hizo algunas aclaraciones a la Sentencia T-236 de 2017, señalando entre otras que la decisión de reanudar o no las aspersiones con glifosato a los cultivos ilícitos siempre ha estado en cabeza del Consejo Nacional de Estupefacientes, organismo que precisamente suspendió las fumigaciones en 2015.

No obstante la Corte indicó que el Consejo Nacional de Estupefacientes "solo podrá modificar la decisión de no reanudar" la fumigación aérea cuando se cumpla una serie de "características mínimas".

Suspensión

Fue precisamente el 14 de mayo de 2015 el Consejo Nacional de Estupefacientes la institución que aprobó la suspensión de las aspersiones aéreas con glifosato, acogiendo la recomendación que elevó el Ministerio de Salud después de que el entonces presidente Santos tomara esa decisión basada en el principio de precaución, pues por esos días la Agencia Internacional para la Investigación en Cáncer IARC (por sus siglas en inglés), clasificó al herbicida glifosato como “probablemente carcinogénicos para humanos”.

Luego la Corte en la Sentencia T-236 de 2017 fijo 6 condiciones al Gobierno de turno para reactivar las aspersiones aéreas a los cultivos ilícitos, con el objeto de que no se afectara la salud de las personas ni el medio ambiente.

Empero la administración Duque solicitó al alto Tribunal modular la Sentencia T-236 de 2017 sobre los requisitos que impuso para volver a fumigar con avionetas los cultivos ilícitos porque particularmente el punto 6 para la Casa de Nariño parece muy difícil de cumplir, el cual reza “en todo caso, la decisión que se tome deberá fundarse en evidencia objetiva y concluyente que demuestre ausencia de daño para la salud y el medio ambiente”.

Si bien la Corte en su Auto 387 de julio del año pasado mantuvo estos requisitos, aclaró que esa evidencia científica “no equivale a demostrar, por una parte, que existe certeza absoluta e incuestionable sobre la ausencia de daño”.

En ese sentido el Gobierno presentó el proyecto de decreto que establece un marco de control de riesgos para la salud y el medio ambiente por las fumigaciones aéreas a cultivos de coca, que a su juicio cumple los lineamientos fijados por la Corte.

Entre otros la iniciativa gubernamental establece la necesidad de un concepto previo del impacto de la fumigación aérea en la salud de parte del Instituto Nacional de Salud (INS), para lo cual el ejecutor del programa deberá presentar, como mínimo, las áreas y parámetros técnicos de la operación, entre ellos, la mezcla del herbicida.

También se requerirá un concepto previo ambiental en materia de preservación y equilibrio de los ecosistemas, emitido por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).

El proyecto de decreto prevé también un seguimiento del programa de erradicación de cultivos ilícitos mediante el método de aspersión, en materia ambiental corresponderá a la ANLA y en salud lo hará el INS.

Además este decreto de marco de control de riesgo prevé la revisión automática por parte de la ANLA y las entidades territoriales del sector salud, las cuales en caso de evidenciar nuevos impactos o riesgos no contemplados en los instrumentos de evaluación y seguimiento del programa, deberán informar al Consejo Nacional de Estupefacientes para que este revise su decisión y se pronuncie, de forma motivada, si mantiene, modifica o suspende el programa de erradicación de cultivos ilícitos mediante el método de aspersión aérea.

El Gobierno considera imprescindible las fumigaciones aéreas para disminuir los cultivos de coca, que según mediciones de la Casa Blanca de Estados Unidos están en 208 mil hectáreas al cierre de 2018. Esto ante la presión de Estados Unidos que exige resultados.

 

Piden atender protocolos de la Corte

Si bien las recomendaciones que hace el procurador Carrillo sobre la necesidad de ajustar este proyecto de decreto, es decir, no son de obligatorio cumplimiento por parte del Gobierno, se dimensionan por el hecho de ser la Procuraduría una entidad integrante del Consejo Nacional de Estupefacientes.

En ese sentido es previsible que si la Casa de Nariño no acogiera las recomendaciones de la Procuraduría, la misma votaría en contra en el Consejo Nacional de Estupefacientes la solicitud que presente el Gobierno para reactivar las fumigaciones aéreas.

Ello sin olvidar que en caso de que haya la aprobación de reactivar las fumigaciones aéreas indefectiblemente vendrán las tutelas y demandas ante el Consejo de Estado contra este decreto por parte de organizaciones y ciudadanos que no comparten esta estrategia.

En ese escenario si bien el decreto no estaría completamente blindado de cualquier decisión judicial, podría estar más robusto frente a cualquier análisis si acoge las recomendaciones del Ministerio Público.

En carta dirigida a la ministra de Justicia, Margarita Cabello, el jefe del ente de control pidió que se respeten los protocolos que fijó la Corte Constitucional en varias sentencias, que definen el conjunto de requisitos que deben ser cumplidos satisfactoriamente para reanudar las aspersiones aéreas.

Advirtió que el proyecto de decreto no presenta elementos claros para armonizar las medidas de sustitución voluntaria con la reanudación del método de erradicación con glifosato, ni estrategias dirigidas a la superación de condiciones de pobreza y marginalidad de las familias campesinas que subsisten de los cultivos de uso ilícito.

Así mismo, señaló que por medio de la Procuraduría Delegada para Asuntos Étnicos se ha insistido en la ejecución de estrategias que permitan hacer efectivos los procesos de participación ciudadana, fundamentales para que las comunidades étnicas tengan conciencia de las repercusiones de la aspersión con glifosato.

 Frente al acuerdo final de paz indicó que el proyecto de Decreto no cumpliría con lo pactado, al no presentar propuestas que armonicen las medidas de sustitución voluntaria de cultivos ilícitos con la política de aspersión.