Reforma laboral desincentiva contratación de aprendices del SENA: expertos | El Nuevo Siglo
LAS RECIENTES audiencias públicas se realizaron en Bogotá y Cali, convocadas por Comisión Séptima de Senado. /Senado
Domingo, 23 de Febrero de 2025
Redacción Política

CALI, MEDELLÍN, Bogotá, Valledupar y Popayán han sido el epicentro de las discusiones en audiencias públicas en relación a la reforma laboral. El proyecto de ley ya aprobado en Cámara, iniciará su trámite en la Comisión Séptima del Senado, quienes han impulsado este diálogo entre los sectores político, las centrales obreras, empresarios y miembros de la academia, quienes sentaron sus principales argumentos relacionados a los pro y contras de la iniciativa de carácter Constitucional.

Los dos más recientes paneles se realizaron justamente en Cali y Bogotá, donde el foco estuvo puesto en la eliminación de los contratos sindicales y la formalización de los contratos de aprendizaje, especialmente de los estudiantes del SENA. En el primero de los puntos, suscrito en el artículo 67 de la reforma, los diferentes panelistas destacaron el riesgo de perder esta figura, aunado además a la baja tasa de sindicalidad en el país.

No obstante, en la audiencia celebrada el pasado 20 febrero, el entrante ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, defendió el articulado que cursa en Senado, asegurando que “el contrato sindical se ha convertido en una praxis que distorsiona la práctica de las organizaciones sindicales. Porque, bien sabemos que la organización sindical como una institución democrática, tiene un rol en la representación de los intereses de los trabajadores y en la interlocución de los sectores productivos, el Gobierno o el Estado. Si cambiamos esa naturaleza, estamos socavando la posibilidad de contar con un interlocutor válido para los asuntos que requieren consensos en el mundo del trabajo”.

Asimismo, Sanguino apuntó que “es acertado prohibir el contrato sindical. El contrato sindical también se ha convertido en una fuente, digamos, que afecta, la estabilidad y formalización de empleo. Es una suerte de tercerización, sobre todo en el sector público. Y el espíritu de esta reforma es todo lo contrario. Y en tercer lugar, esta práctica le abre la puerta a posibles fenómenos de afectación de la transparencia en la ejecución de recursos públicos”.

El ministro destacó que el texto procedente de Cámara es un acierto, a pesar de los cambios que sufrió en esta corporación, apuntando además que es clave la concertación entre las partes. No obstante, desde las centrales obreras y sindicales se cuestionó justamente la postura del jefe de la cartera, apuntando que “eliminando los contratos sindicales, estaríamos cercenando la capacidad que hoy tienen los sindicatos de manera libre y voluntaria de acercarse al empleador y de llegar a acuerdos y consensos que se transmiten, que generan derechos y condiciones, que benefician al sindicatos en la administración de recursos, mantenimiento de instalaciones y beneficios en general que produce el contrato sindical”, dijo Andrés Botero, presidente de la Cámara Ambiental del Plástico.

Botero agregó en su participación en el panel que si bien es acertada la afirmación de Sanguino sobre los hechos de corrupción presentados a través de esta figura, especialmente en contrataciones públicas, “la corrupción de algunos sindicatos no es razón suficiente para acabar con el contrato sindical. Eso son casos puntuales. Si hay casos de esta naturaleza, hay que aplicarle la ley, encierren a los corruptos. Utilicen las cláusulas exorbitantes al derecho de interpretación, modificación y terminación unilateral de los contratos si ven que algo raro está ocurriendo”.

Por su parte, desde el observatorio laboral de la Universidad Javeriana, Juliana Morad, en la misma vía que Botero, dijo que “el contrato sindical ha tenido impacto negativo en el sindicalismo en Colombia”. Morad de su parte propuso una modificación al articulado, del que destacó “se puede condicionar el contrato sindical a un acompañamiento por parte del Ministerio del Trabajo para precaver cualquier violación, tercerización ilegal o mal uso que se haga. Sancionar después no ha servido y no ha cambiado el mal uso. Un acompañamiento anterior podría salvar esta figura que tiene cosas positivas”.

Finalmente, Alejando Ospina Angarita dijo que con esta reforma “nos quieren empujar a un país donde nos lideren unos minoritarios a todos los trabajadores y que nos llamen a estallidos sociales, cuando la mayoría de los colombianos no somos eso. Pero están construyendo eso. La destrucción del contrato sindical es atacar al sindicalismo alternativo, al distinto, al que ha sido capaz de construir la confianza que necesita una nación para desarrollarse”.

“Esta reforma beneficia a una minoría. El problema de Colombia es la informalidad. Eso es lo que debe hacer el ministro de Trabajo, resolver el problema de desempleo y no venir a promover un ala del sindicalismo cada vez más retrógrada y perdida en el tiempo en la primera revolución industrial. Colombia necesita una reforma en el mundo del trabajo, que resuelva el problema del trabajo y la informalidad, y no ésta, que se preste para profundizar posiciones ideológicas”, dijo Ospina.

El ciclo de estas audiencias seguirá en otras importantes capitales como Cartagena, Bucaramanga o Barranquilla, donde la Comisión seguirá en la búsqueda de argumentos para posibles modificaciones del proyecto.

En cuanto al inicio de los debates propiamente en el Congreso, este se dará a partir de marzo, cuando legalmente esté habilitado al ser un proyecto que modifica artículos sustanciales de la Constitución, y en este caso, del Código Sustantivo del Trabajo.

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REFORMA LABORAL

Contrato de aprendizaje

En cuanto al segundo foco de polémica, la formalización del contrato de aprendizaje, sectores estudiantiles acompañaron las audiencias, exigiendo con ello la aprobación de este punto que mejoraría sus condiciones en etapa de formación técnica y tecnóloga. Asimismo, la misma petición fue elevada por el representante a la Cámara Alfredo Mondragón, ponente de esta reforma en su corporación.

Mondragón destacó que “en 2024 fueron más de 293.000 contratos de aprendizaje que tuvieron que cubrir las grandes empresas de más de 200 trabajadores. Más de 50.000 las medianas empresas, de más de 50 trabajadores. Es decir, el 84% de contratos de aprendizaje no están ni en las micro ni pequeñas empresas”.

Lo anterior, lo expresó el parlamentario ante la constante de diversos sectores que apuntan un incremento significativo en la carga económica para las empresas en el caso de ser aprobado el artículo. En ese sentido, María Jimena Escandón, representante de la firma de abogados Orza, afirmó que “incorporar el contrato de aprendizaje al régimen laboral tradicional implica, evidentemente, que los aprendices empiecen a tener los derechos, con lo que implica la carga prestacional, y estamos hablando de por lo menos, un 45%”.

Escandón agregó que “la intención de la laborización del contrato de aprendizaje es loable, pero no pertinente. Y no lo es porque ponen en riesgo el modelo de formación de trabajo, que ha permitido la capacitación y experiencia técnica de miles de muchachos. Esta propuesta desconoce el propósito esencial de la figura, que es la formación. La denominación del contrato lo establece. Incrementa los costos, desincentiva la contratación de aprendices, y genera un riesgo enorme de informalidad laboral”.

No obstante, Mondragón destacó que no habría quiebre de las microempresas puesto que hoy “estas no están obligadas a patrocinar a los aprendices. Lo cierto es que la mayoría de trabajadores están empleados en las pequeñas y las microempresas”. Finalmente, el parlamentario dijo que cerca del 75% de este tipo de sectores no tendrían obligación para la contratación de aprendices.