CNE puede investigar la campaña Petro ratifica Consejo de Estado | El Nuevo Siglo
Foto: archivo El Nuevo Siglo - Alex Londoño
Viernes, 23 de Agosto de 2024
Redacción Web

El Consejo de Estado declaró que el Consejo Nacional Electoral sí tiene competencia del para investigar las presuntas irregularidades en la campaña del presidente Gustavo Petro.

"Declarar competente al Consejo Nacional Electoral, para continuar la investigación administrativa por las presuntas irregularidades en la financiación y presentación de informes de ingresos y gastos frente a las campañas de consulta interpartidista y presidenciales de primera y segunda vuelta del año 2022 de la Coalición Pacto Histórico, en las cuales fungió como candidato el ciudadano Gustavo Francisco Petro Urrego e imponer las sanciones administrativas correspondientes, si ha ello hay lugar", indica el documento. 

En el documento, el máximo juez de la administración pública también declaró competente al Congreso para decidir sobre una eventual sanción en contra del Presidente de la República.

"Declarar competente al Congreso de la República para decidir sobre la eventual sanción de pérdida del cargo del presidente de la República, de manera autónoma y según el procedimiento contemplado para las investigaciones y juicios por indignidad política, en los términos del artículo 21 de la Ley Estatutaria 996 de 2005, cuando de la investigación adelantada por el Consejo Nacional Electoral por irregularidades en la financiación de la campaña presidencial 2022- 2026 proceda la referida sanción", señala el resuelve.

Consejo de Estado
Foto: Consejo de Estado- 

El caso

La investigación que inició el CNE en febrero del 2023 a la campaña que condujo a Petro a la presidencia, porque supuestamente superó los topes establecidos y se habría omitido información en las cuentas que reportó sobre ingresos y gastos, generó recientemente polémica por la ponencia que presentaron a la Sala Plena de este organismo los magistrados Álvaro Prada y Benjamín Ortiz, en donde piden abrir una investigación y formular cargos a Gustavo Petro, en calidad de candidato presidencial.

La controversia se generó porque la Constitución establece que la Comisión de Acusación de la Cámara es la encargada de investigar al presidente, entonces en el Gobierno y sus sectores afines encendió la alarma esta ponencia.

El pasado 3 de mayo, el abogado Mauricio Pava, quien representa al presidente, dirigió una misiva al representante Alirio Muñoz, coordinador del triunvirato que también integran los parlamentarios Gloria Arizabaleta Corral y Wilmer Carrillo, a cargo en la Comisión de Acusación de la investigación al mandatario por las presuntas irregularidades en la financiación de la campaña.

El abogado Pava indica en la referida carta que “solicito a la honorable Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes que requiera al CNE para que archive las actuaciones en curso por falta de competencia o, en su defecto, remita inmediatamente todos los procesos en curso en contra del presidente y se abstenga de tomar cualquier determinación que pueda limitar el ejercicio de sus derechos civiles y políticos o suponer una afectación a sus derechos de cualquier otra naturaleza, ya que esta competencia es exclusiva del Congreso”.

Luego, a mediados de mayo, la Comisión de Investigación solicitó al CNE el traslado del proceso, argumentando que tiene esa competencia.

En una comunicación indica que “la Comisión de Acusación de manera autónoma y oficiosa, solicita a través de providencia al Consejo Nacional Electoral (CNE), las investigaciones que ante esa autoridad cursan contra el presidente de la República, por hechos relacionados con la financiación de su campaña”.

Sin embargo, el 22 de mayo pasado, el Consejo de Estado dejó en claro que el CNE tiene la competencia para seguir con la investigación a la campaña del Presidente. El Alto Tribunal hizo este pronunciamiento al declarar su falta de jurisdicción para el trámite de un proceso de pérdida del cargo contra el mandatario y la vicepresidenta Márquez, como lo solicitó una demanda que recibió por la presunta financiación irregular de la campaña.

“En todos los casos, le corresponde al Consejo Nacional Electoral adelantar la investigación administrativa sobre la financiación de campañas, y con base en el acto correspondiente, decretar las sanciones exclusivamente administrativas a que haya lugar, sin que le sea posible de ninguna manera decretar la pérdida de investidura o del cargo”, señaló el Consejo de Estado en esa oportunidad.

Igualmente, por esos días, la Corte Constitucional se pronunció en similar sentido en el Auto 916, en donde resolvió el conflicto de competencia entre dos juzgados frente a una acción popular que buscaba que por sentencia se determinara “que la campaña electoral de los accionados violó los topes legales”.

El Alto Tribunal se manifestó en tal sentido al resolver un recurso de súplica presentado por la parte demandante en contra del citado auto del 20 de mayo del 2024, por medio del cual declaró su falta de jurisdicción para el trámite de un proceso de pérdida del cargo contra el mandatario y la vicepresidenta Márquez, pues advirtió que ese asunto lo debe resolver el Congreso por medio de la Comisión de Acusación.