LA MAYORÍA de aspirantes en las elecciones del 29 de este mes a los que el Consejo Nacional Electoral (CNE) les revocó la inscripción de la candidatura por razones legales, como inhabilidad, han continuado haciendo campaña a pesar de que el organismo les negó el recurso que presentaron. Ellos defienden su derecho a ser elegidos frente a una decisión que no comparten; sin embargo, también cabe preguntarse si es un desacato a la normatividad o un engaño al elector.
Muchos de los candidatos que fueron inhabilitados presentaron ante el CNE recurso de reposición frente a esta decisión. También algunos acudieron a la tutela e incluso unos solicitaron medidas cautelares a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
EL NUEVO SIGLO consultó a expertos en este tema, quienes, entre otras cosas, coincidieron en que hay un vacío porque al día de hoy no está reglamentado el procedimiento para que el CNE revoque la inscripción de candidaturas porque la persona está inhabilitada para ocupar el cargo.
Para las elecciones regionales y locales de este año el CNE ha revocado la inscripción de más de 600 candidatos, entre los cuales los casos más sonados se cuentan Rodolfo Hernández en su aspiración a la gobernación de Santander, pues viene de ser la sorpresa en los comicios presidenciales del 2022, en los cuales sin las maquinarias de los partidos llegó a la segunda vuelta obteniendo 10.580.412 votos, 700.000 sufragios menos que Gustavo Petro.
Hernández ha encabezado varias de las encuestas a la gobernación de Santander, sin embargo, su presencia en el tarjetón el próximo 29 de octubre depende de la decisión que tome el CNE frente al recurso de reposición que presentó contra la revocatoria de su candidatura.
También ha sido muy comentada la decisión del CNE de revocar la inscripción de la candidatura de Tulio Gómez, empresario y presidente del club de fútbol América.
El CNE revocó la inscripción de Rodolfo Hernández porque fue sancionado por la Procuraduría por cinco años para ocupar cargos públicos, debido a que acumuló tres sanciones disciplinarias durante el término de 5 años, entre el 2019 y el 2023.
La defensa de Hernández presentó un recurso de reposición contra la resolución del CNE que lo aparta de la carrera por la gobernación de Santander; al tiempo que solicitó medidas cautelares ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por la sanción de la Procuraduría.
Por lo pronto Hernández sigue en campaña. En las últimas horas indicó en la red ‘X’ que “soy Santandereano. Pertenezco a una tierra fuerte y noble (sic). Como buen santandereano no encuentro en mi diccionario la palabra rendirse”. Agregó que está “listo para ganar las elecciones”.
En el caso de Tulio Gómez el CNE revocó la inscripción de su candidatura porque encontró una inhabilidad, ya que como presidente del equipo América firmó tres contratos con la alcaldía de Cali para arrendar el estadio Pascual Guerrero y dos locales durante el año anterior de inscribirse para la gobernación del Valle del Cauca.
El aspirante dijo que “yo no soy contratista del Estado, que solamente me quieren revocar mi candidatura a la gobernación por un contrato de un local del América en el estadio, contrato que no se concretó porque el local que me iban a entregar no era el que necesitábamos. Además, era con los municipios y no con las gobernaciones”.
Gómez, quien sigue en campaña, comentó en las últimas horas que “el CNE responderá nuestra reposición, seguramente ratificarán que, supuestamente, estoy inhabilitado. Agotada esta instancia, nos dará luz verde para dar trámite a las tutelas, para que un juez de tutelas proteja mis derechos a ser elegido, la justicia prevalecerá sobre la politiquería. Este 29 de octubre, nos veremos en las urnas”.
Expertos analizan la situación
Alfonso Portela, exregistrador Delegado para lo Electoral y abogado en asuntos electorales, indicó que no es contrario a la ley que los aspirantes continúen con su campaña a pesar de que el CNE los revocara, pues "albergan alguna esperanza si es que han interpuesto una acción de tutela o han ejercido algún otro tipo de acción, y aspiran que una autoridad tome una decisión en contrario". Y “sobre esa base siguen en campaña y activando sus temas políticos”, dijo.
No obstante, Portela puso de presente sobre la función del CNE de revocar candidaturas, que el pronunciamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos con respecto al hoy presidente de la República, que le habilitó su derecho a participar y dejó planteada una situación en el sentido de proteger los derechos políticos de los ciudadanos, “manifestó que una autoridad administrativa no tiene competencia para vulnerar ese derecho que tienen los ciudadanos”.
Añadió el abogado que “hay un vacío legal que se produce por ese pronunciamiento que hizo la Corte Interamericana, y que lo que están planteando algunos conocedores del tema es que el Consejo Nacional Electoral no tendría competencia como autoridad administrativa para disponer de los derechos políticos de los ciudadanos. Por eso muchos de los revocados actualmente están intentando que haya un pronunciamiento de la Corte Interamericana en ese sentido”.
Agregó que adicionalmente sobre revocar candidaturas "se encuentra que no hay un procedimiento definido en la ley, toda vez que el reglamento que había sacado el CNE al respecto, el Consejo de Estado lo tumbó y entonces estamos frente a unas decisiones que podrían en un momento determinado ser objeto de reparo por parte de un juez de tutela o de la Corte Interamericana”.
Por su lado, Hollman Ibáñez, presidente del Colegio Electoral Colombiano, dijo que "el CNE claramente tiene la competencia para revocar candidaturas que los aspirantes se encuentren en condición de inhabilidad, incompatibilidad o que no reúnan los requisitos". Explicó que "obviamente quien es revocado se le garantiza el derecho de contradicción y defensa, otorgándole el recurso de reposición”.
Señaló que “en tanto resuelven el recurso de reposición, es dable que la persona siga haciendo campaña. Lo que no me parece que esté ajustado a la realidad es que generen expectativas en el electorado sabiendo que los van a revocar, y crean que un juez de tutela o que la Comisión Interamericana les va a otorgar algún tipo de medida cautelar o de protección extraconstitucional. Si bien es cierto la tutela es un mecanismo extraordinario de protección de derechos fundamentales, es casi que desconocer la autonomía, la competencia y la autoridad del CNE”.
A su turno, Carlos Ariel Sánchez, exregistrador Nacional y presidente del Colegio de Abogados y Observatorio Electoral, mencionó que: “Lo que observo es que hay una serie de circunstancias muy novedosas porque el CNE debería adoptar el procedimiento que tiene el Cpaca (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), porque ellos no tienen un reglamento porque ese fue declarado inconstitucional. Entonces ahí se presta para muchas cosas que no habían ocurrido antes. No hay claridad en las reglas”.